BUDINICH RAGUSIN CON FISCO DE CHILE
Rol
Fecha
30 de mayo de 2022
Materia
EXPROPIACIÓN,RECLAMACIÓN INDENMIZACIÓN ART. D.L. 2.186
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción del último párrafo del
Fundamentos
considerando décimo quinto, que se elimina. Y se tiene, en su lugar, y además presente: Primero: Que, la parte reclamante dedujo recurso de apelación en contra del
Fallo
fallo de primer grado, que rechazó la reclamación del monto provisional fijado por concepto de expropiación, centrando su reproche en que el juez de primera instancia no consideró las características del predio expropiado, entre ellas, ubicación, accesibilidad, conectividad y proximidad al centro de la comuna de San Francisco de Mostazal, ni ponderó la prueba rendida por su parte para acreditar el mayor valor del metro cuadrado del terreno expropiado, cuestionando la valoración de la prueba documental y pericial. Segundo: Que, al efecto, se debe precisar que el inmueble expropiado corresponde a 4.187 metros cuadrados de la propiedad señalada como Lote 14, ubicado en la comuna de Mostazal, Provincia de Cachapoal, Región del Libertador General Bernardo O´Higgins, Rol de Avalúo N° 131-1, para la ejecución de la obra denominada “Concesión Internacional Ruta 5. Tramo Santiago – Talca. Sector: Terceras pistas Tramo III. Km. 58.240,00 – Km. 69.000,00”, fijándose como monto de la indemnización provisional, la que en su valor reajustado asciende a $33.118.700, ocurriendo la toma material el día 21 de junio de 2017. Alega el reclamante que la comisión tasó el terreno a un valor de $6.500 por metro cuadrado, equivalente a 0,33 UF por metro cuadrado, en tanto que por valor comercial el terreno no tiene un valor menor a 1 UF por metro cuadrado. También arguye que la comisión habría utilizado referenciales que no se condicen con la realidad del predio en cuestión, debiendo haber utilizad
Texto Completo (Preview)
Rancagua, treinta de mayo de dos mil veintidós. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción del último párrafo del considerando décimo quinto, que se elimina. Y se tiene, en su lugar, y además presente: Primero: Que, la parte reclamante dedujo recurso de apelación en contra del fallo de primer grado, que rechazó la reclamación del monto provisional fijado por concepto de expropiac
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica