SIN INFORMACION

ZAMORANO/DIRECCION GENERAL CARABINEROS DE CHILE

Rol

Fecha

30 de mayo de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA (DEL ACUERDO)

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece don Héctor Alejandro Zamorano Troncoso, ex funcionario de Carabineros de Chile, y recurre de protección en contra de la Dirección Previsional de Carabineros de Chile (DIPRECA) y el Departamento de Pensiones de Carabineros de Chile P4, por la afectación de las garantías constitucionales de derecho de propiedad, a la vida y a la salud, los que se han visto privados producto de un acto arbitrario e ilegal de los recurridos. Indica que, luego de haber pertenecido a la institución de Carabineros de Chile por 22 años 1 mes y 20 días, le fue concedido el retiro a contar del mes de octubre del año 2019, fecha desde la cual le correspondía recibir su remuneración mensual como jubilado de la institución e indemnización por desahucio. Entiende que la tramitación de la pensión de retiro lleva un tiempo razonable, sin embargo, a la fecha no ha recibido pago alguno por concepto de pensión, ni desahucio legal y que lo mismo ha ocurrido con su carné de medicina curativa, el que tampoco le ha sido entregado. Sostiene que, el trámite del expediente de retiro no ha avanzado por encontrarse a la espera de su certificado de imposiciones, el que emite la Dirección Previsional de Carabineros, a solicitud del Departamento P4, que es el encargado de tramitar las pensiones. Certificado que, a pesar de su insistencia, no ha sido emitido. En razón de ello, afirma que, se han vulnerado de forma permanente sus derechos de propiedad, a la vida y a la salud, por lo que pide a esta Corte que acoja el recurso, se determine que se han afectado las garantías constitucionales expuestas, y se disponga que las recurridas deben cesar inmediatamente en sus omisiones y que como medida para restablecer el imperio del derecho, se les ordene pagar retroactivamente todas las remuneraciones impagas hasta la fecha de la sentencia, conjuntamente con el desahucio y los beneficios de salud a que tiene derecho por ley, y dar curso su expediente de retiro, con cos

Fundamentos

motivos el presente arbitrio.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, se rechaza, sin costas, la acción de protección deducida en por Héctor Alejandro Zamorano Troncoso, en contra de la Dirección Previsional de Carabineros de Chile y el Departamento de Pensiones de Carabineros de Chile P4. Acordada con el voto en contra de la ministro Sra. Merino, quien estuvo por acoger el recurso de protección deducido por el Sr. Zamorano, solo en cuanto ordenar a la Dirección Previsional de Carabineros de Chile, que emita el certificado de vigencia de imposiciones, necesario para la tramitación del expediente de pensión de retiro del recurrente, teniendo en consideración lo siguiente: 1.- Que, Ley 18.458, de 1985, (fecha de publicación 11 de noviembre de 1985), dispone en lo pertinente, lo siguiente: Artículo 1°. – “A partir de la fecha de publicación de esta ley, los regímenes previsionales y de desahucio contemplado en el decreto con fuerza de ley N° 1, de la Subsecretaría de Guerra; en el decreto con fuerza de ley N° 2, del Ministerio del Interior, ambos de 1968, y en el decreto con fuerza de ley N° 1, de la Subsecretaría de Investigaciones, de 1980, sólo se aplicarán al personal que a continuación se indica: Letra d) Personal de nombramiento supremo y Personal de nombramiento institucional a que se refiere el artículo 11 del decreto con fuerza de ley N° 2, del Ministerio del Interior, de 1968;” Artículo 2°.- “Los imponentes de la Caja de Previsión de

Texto Completo (Preview)

Santiago, treinta de mayo dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece don Héctor Alejandro Zamorano Troncoso, ex funcionario de Carabineros de Chile, y recurre de protección en contra de la Dirección Previsional de Carabineros de Chile (DIPRECA) y el Departamento de Pensiones de Carabineros de Chile P4, por la afectación de las garantías constitucionales de derecho de p

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica