JOSE EDUARDO GONZALEZ ROJAS C/ MARÍA CORVALÁN RIQUELME
Rol
Fecha
28 de mayo de 2022
Materia
USURPACION VIOLENTA. ART. 457 INCISO PRIMERO.
Resultado
CONFIRMADA/COMUNICAR
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes reunidos hasta ahora, oídos los intervinientes que participaron en esta audiencia y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 140, 149, 352, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada dictada en audiencia de veinte de mayo del año en curso, inserta en la carpeta virtual RIT 2172-2021 del Juzgado de Garantía de Curicó, que decretó la medida cautelar personal del artículo 155 letra i) del Código Procesal Penal respecto de la imputada MARÍA JOSEFA CORVALÁN RIQUELME. Comuníquese por la vía más expedita. Devuélvase. N°Penal-597-2022.
Texto Completo (Preview)
Talca, veintiocho de mayo de dos mil veintidós. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes reunidos hasta ahora, oídos los intervinientes que participaron en esta audiencia y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 140, 149, 352, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada dictada en audiencia de veinte de mayo del año en curso, inserta en la carpeta virtual RIT 21
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica