GARATE MARTINEZ CRISTIAN ESTEBAN/GENDARMERÍA DE CHILE
Rol
Fecha
27 de mayo de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece Milenko Vistoso Cantero, abogado, en representación de Cristian Esteban Garate Martínez, actualmente privado de libertad en el Panal Santiago SUR, deduciendo acción constitucional de amparo en contra de Gendarmería de Chile, por no haberlo postulado al beneficio de libertad condicional, aun cumpliendo con los requisitos del DL N°321, solicitando se ordene al Tribunal de Conducta del Centro de Detención Preventivo Santiago Sur que informe los
Fundamentos
motivos por los cuales no se incorporó al señor Garate Martínez en la lista de postulación, a fin que en definitiva, se le incorpore en la lista se postulación. SEGUNDO: Que, informando Gendarmería de Chile, señala que el amparado no fue postulado por no reunir los requisitos legales para aquello. Explica que el interno ingresó a la Unidad Penal por revocación de su libertad condicional, por lo que no pudo haber sido evaluado ni en ámbito educacional, laboral e intervención especializada, además, el interno ingresó a continuar su condena el 10 de octubre de 2021, registrando conducta mala en bimestre enero – febrero de 2022 y pésima, en bimestre noviembre – diciembre de 2021, acompañando la ficha única y de control de conducta del amparado.
Fallo
Por estas razones, solicita se rechace el presente recurso, al no existir vulneraciones a las garantías invocadas en la presente acción constitucional. TERCERO: Que, el recurso de amparo constituye jurídicamente una acción cautelar, de índole constitucional, cuyo contenido específico es el requerimiento de tutela jurisdiccional frente a privaciones de libertad ambulatoria, con infracción de lo dispuesto en la Constitución o en las leyes, frente a amenazas ilegales al ejercicio de dicha libertad y frente a privaciones, perturbaciones o amenazas a la seguridad individual, sin limitaciones y sin que importe el origen de tales atentados. CUARTO: Que, de los antecedentes que constan en autos y lo informado por Gendarmería de Chile, aparece que no se cumple el requisito de postulación que exige el artículo 2° N° 2 del Decreto Ley N° 321 de 1925, esto es, la conducta intachable durante el cumplimiento de la condena, esto es, con nota “muy buena”, por cuatro bimestres, además del hecho de haber sido revocada su libertad condicional. QUINTO: Que, por consiguiente, la conducta que se reprocha no adolece de los vicios que se le imputan, al haberse ceñido a la normativa legal y reglamentaria aplicable, razón por la que no ha existido acción u omisión ilegal que permita adoptar a esta Corte alguna medida en resguardo de los derechos del amparado y, en consecuencia, el presente arbitrio no puede prosperar. Por estas consideraciones, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Cris
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C.A. de Santiago Santiago, veintisiete de mayo de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece Milenko Vistoso Cantero, abogado, en representación de Cristian Esteban Garate Martínez, actualmente privado de libertad en el Panal Santiago SUR, deduciendo acción constitucional de amparo en contra de Gendarmería de Chile, por no haberlo postulado al beneficio de libertad cond
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