CONTRERAS/JUEZ DE GARANTÍA CHILLÁN
Rol
Fecha
27 de mayo de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: 1°.- Que comparece la abogada doña Carolyn Contreras Godoy, del Programa de Representación Jurídica Integral y Especializada de Niños, Niñas y Adolescentes (NNA), Programa “Mi Abogado”, de la Corporación de Asistencial Judicial Biobío en convenio de colaboración con la Subsecretaria de Justicia, en su calidad de querellante y curador ad litem de la víctima de los autos RIT 7885-2020 RUC 2010059705-6, sustanciado ante el Juzgado de Garantía de Chillán, interponiendo Verdadero Recurso de Hecho, en contra de la resolución de fecha 02 de mayo de 2022, dictada en la causa mencionada precedentemente por la Juez Titular del Juzgado de Garantía de Chillán doña Antonieta Andrea Núñez Olave, en la cual no se concede, para ante esta Corte, recurso de apelación interpuesto por la querellante y curador ad litem en representación de la víctima menor de edad Colomba B.F.A., en contra de la resolución de fecha 26 de abril de 2022, dictada en audiencia por la magistrada Claudia Aguayo Dolmetch, en la cual se tiene presente comunicación de no perseverar efectuada por el Ministerio Público, haciendo imposible la continuación del juicio, conforme lo dispuesto en los artículos 203 al 206 del Código de Procedimiento Civil Funda su recurso en que por resolución de fecha 15 de mayo de 2019, dictada por el Juzgado de Letras y Garantía con competencia en materia de Familia de Curanilahue, en causa RIT X-16-2019, fue designada curador ad litem de la joven víctima de estos autos, Colomba B.F.A., de actuales 17 años de edad, quien se encuentra ingresada en centro residencial de Administración Directa del Servicio Mejor Niñez, RF Maipú, ubicada en la comuna de Penco. En razón de dicha designación de curador ad litem, con fecha 10 de noviembre de 2020, la abogada interpone querella por delito de amenazas, en contra de la imputada Gloria Carolina Cerda Marín, quien a la fecha de interposición de la querella se encontraba interna en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Chillán. En raz
Fallo
por tanto no jurisdiccional, por lo que no establece derechos permanentes a favor de las partes, siendo necesario señalar, en todo caso, que la investigación puede ser reabierta si obran nuevos antecedentes que así lo ameriten, de manera que en estas circunstancias, al no ser procedente la apelación, el presente recurso de hecho no puede prosperar. Por estas consideraciones, y atendido, además, lo dispuesto en el art. 203 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, y 248 letra c) del Código Procesal Penal, se rechaza, sin costas, el recurso de hecho interpuesto por la abogada doña Carolyn Contreras Godoy, en representación de la menor de edad Colomba B.F.A., en contra de la resolución de fecha 02 de mayo de 2022, dictada por la Juez del Juzgado de Garantía de Chillán doña Antonieta Andrea Núñez Olave. Regístrese, comuníquese a la Juez recurrida y archívese. Redacción del abogado integrante don Juan Antonio De La Hoz Fonseca. Rol N°189-2022-Penal-Hecho.-
Texto Completo (Preview)
Chillán, veintisiete de mayo de dos mil veintidós. Vistos: 1°.- Que comparece la abogada doña Carolyn Contreras Godoy, del Programa de Representación Jurídica Integral y Especializada de Niños, Niñas y Adolescentes (NNA), Programa “Mi Abogado”, de la Corporación de Asistencial Judicial Biobío en convenio de colaboración con la Subsecretaria de Justicia, en su calidad de querellante y curador ad l
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