FUENTES/MUNICIPALIDAD DE LLANQUIHUE
Rol
Fecha
27 de mayo de 2022
Materia
PRESTACIONES
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: En autos Rol Corte N°443-2021 Laboral, RIT T-09-2021 del Juzgado de Letras de Puerto Varas, caratulados “Fuentes con Ilustre Municipalidad de Llanquihue”, se ha deducido por la parte denunciante recurso de nulidad en contra de la sentencia de fecha trece de octubre de dos mil veintiuno que rechazó la denuncia interpuesta en procedimiento de tutela laboral por actos de discriminación, nulidad del despido y cobro de prestaciones laborales. Recurre de nulidad doña Mónica Alvarado Briceño, abogada, por la denunciante, quien interpone conjuntamente dos causales de nulidad, la genérica del artículo 477 del Código del Trabajo y la causal específica prevista en la letra e) del artículo 478 del mismo Código, en relación con el artículo 459 N°4 y 491, ambos del Código del Trabajo. Solicita se anule la sentencia recurrida y acto seguido se dicte sentencia de reemplazo en los términos que indica. Se llevó a efecto la audiencia de vista del recurso, concluido los alegatos se comunica que la causa ha quedado en estudio.
Fundamentos
Considerando: Primero: Que, sostiene la recurrente, que ambas causales invocadas, esto es, la del artículo 477 y la prevista en la letra e) del artículo 478 del Código del Trabajo, en relación con el N°4 del artículo 459 y 491 del mismo texto legal, concurren conjuntamente, por cuanto en el
Fallo
fallo se omitió el análisis de toda la prueba rendida por su parte, específicamente la exhibición de documentos. Sostiene que dicha prueba acreditó, junto a los demás medios de prueba rendidos por su parte, el primer punto de prueba a que hace referencia el considerando Tercero del fallo recurrido. Agrega que, de haberse analizado el medio de prueba aludido, la sentenciadora habría tenido por establecida la discriminación arbitraria sufrida por la denunciante, lo que hubiese significado que la denuncia de tutela se acogiera en todas sus partes. Estos documentos dan cuenta del trato remuneratorio que tuvo el funcionario anterior que sirvió las mismas funciones que la actora, pero con una remuneración mayor. Transcribe los considerandos Tercero, Noveno y Décimo del fallo recurrido. Arguye que concurre la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, esto es, que la sentencia se hubiere dictado con infracción de ley que hubiere influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo, toda vez que fue dictada en contravención a lo dispuesto en los artículos 459 N° 4 y 491 del Código del Trabajo. A su turno, se configura la causal de nulidad del articulo 478 letra e) relativa a la omisión en la sentencia de cualquiera de los requisitos establecidos en el artículo 459. Además, alega que se configura la causal del artículo 478 letra e) por haberse extendido la sentencia a puntos no sometidos a la decisión del tribunal. Se observa esta infracción de la lectura del penúltimo párrafo
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, veintisiete de mayo de dos mil veintidós. Vistos: En autos Rol Corte N°443-2021 Laboral, RIT T-09-2021 del Juzgado de Letras de Puerto Varas, caratulados “Fuentes con Ilustre Municipalidad de Llanquihue”, se ha deducido por la parte denunciante recurso de nulidad en contra de la sentencia de fecha trece de octubre de dos mil veintiuno que rechazó la denuncia interpuesta en procedimi
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