SIN INFORMACION

REMAVESA S.A./RADOVIC CÓRDOVA MARCELA - (LTE) - VUELVE A TABLA

Rol

Fecha

27 de mayo de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA (FALLO DEL ACUERDO)

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que ha comparecido don Jorge Guerrero Velásquez, Abogado por REMAVESA S.A., demandada en juicio arbitral seguido ante la Jueza Árbitra Arbitradora doña Marcela Radovic Córdova, del Centro de Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio de Santiago, en causa rol N°A-3863-2019, interponiendo recurso de queja en contra de la citada juez árbitro, quien con fecha 28 de mayo de 2021, con falta o abuso grave, dictó sentencia definitiva acogiendo parcialmente la demanda planteada por Sociedad de Ingeniería de Proyectos y Construcción y Compañía Limitada, también denominada “Siproc Ltda.” o “Siproc”, en contra de Remavesa S.A. Solicita se acoja el presente recurso de queja y se adopten los remedios o medidas necesarios para subsanar los perjuicios causados por las faltas o abusos graves cometidos por la Jueza Árbitra recurrida, y específicamente en uso de sus amplias facultades, se enmiende, invalide o modifique la sentencia de fecha 28 de mayo del 2021, rechazándose íntegramente la demanda interpuesta en contra Remavesa S.A., o bien, se reduzca prudencialmente el monto condenatorio y eximiendo a ésta última del pago de intereses y costas, por tener las partes responsabilidades compartidas en el conflicto sometido a decisión jurisdiccional. Funda su arbitrio señalando como antecedentes preliminares, que la demandante SIPROC, en procedimiento arbitral, con fecha 21 de octubre de 2019 dedujo demanda de resolución de contrato con IP, Y EN SUBSIDIO DEMANDA IN REM VERSO en contra de REMAVESA S.A, solicitando: -Declarar y reconocer la ampliación del plazo de construcción en 106 días adicionales a los originalmente estipulados, estimándose como cumplidos los Hitos intermedios del contrato, o el mayor o menor plazo que la Sra. Arbitro estime procedente en justicia, equidad y como ajustado al mérito de autos y, en razón de lo anterior, se declare que REMAVESA S.A. no tiene derecho a aplicar multas en contra de SIPROC fundadas en el incumplimie

Fundamentos

fundamentos expresados en esta sentencia, se rechaza la excepción de contrato no cumplido interpuesta por la parte demandada y toda otra petición contenida en la contestación de la demanda. VI. SEXTO: Se condena a la demandada al pago de las costas del juicio arbitral, por haber sido vencida”. TERCERO: Que en cuanto a las faltas o abusos graves que alega, indica las siguientes: En primer lugar, Carecer el

Fallo

se declara que: a. 1.- El plazo de ejecución de las obras contratadas por Remavesa a Siproc se extendió desde el 5 de marzo de 2018 al 15 de junio de 2018, por causas de responsabilidad concurrente y de ambas partes de las partes y que éste fue reprogramado por acuerdo de las partes en tres oportunidades, razón por la cual, no procede en este contrato la aplicación de las multas reguladas en la cláusula décima del mismo. b. 2.- Remavesa deberá pagar a Siproc la suma de $111.894.431, correspondiente al saldo pendiente del Estado de Pago Nº 9 y final del Contrato de Habilitación Centro de Distribución La Chimba por obras ejecutadas y no pagadas hasta la fecha. c. 3.-Remavesa deberá pagar a Siproc la suma de $42.778.536, por concepto de intereses corrientes para operaciones no reajustables en moneda nacional de 90 días o más, inferiores o iguales al equivalente de UF 50 y superiores al equivalente de UF 200, por el periodo comprendido entre el 15 de julio de 2018 y el 28 de mayo de 2021. d. 4.- Remavesa deberá devolver el pagaré entregado por Siproc para garantizar la devolución del anticipo de dinero realizado por Remavesa al inicio del Contrato. II. SEGUNDO: Que las cantidades referidas en el Resuelvo Primero de esta sentencia arbitral deberán ser pagadas tan pronto como se encuentre ejecutoriado el presente fallo o que éste cause ejecutoria. El simple retardo y/o mora en el pago hará devengar sobre el importe adeudado el interés corriente, hasta que el pago efectivo se pr

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Santiago, veintisiete de mayo de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que ha comparecido don Jorge Guerrero Velásquez, Abogado por REMAVESA S.A., demandada en juicio arbitral seguido ante la Jueza Árbitra Arbitradora doña Marcela Radovic Córdova, del Centro de Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio de Santiago, en causa rol N°A-3863-2019, interponiendo recurso de queja

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