EN FAVOR DE DAVID ELIAS PEÑALOZA GARRIDO/COMISIÓN LIBERTAD CONDICIONAL RANCAGUA
Rol
Fecha
27 de mayo de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: Con fecha 23 de mayo de 2022, compareció Freddy Acosta Díaz, abogado, Defensor Penal Publico Penitenciario, en representación del condenado DAVID ELIAS PEÑALOZA GARRIDO, Cédula Nacional de Identidad N° 13570629-9, actualmente recluido en el Complejo Penitenciario de Rancagua, deduciendo recurso de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional. Señala que su representado cumple condena en el Complejo Penitenciario de Rancagua, por sentencia dictada en su contra por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Fernando, en causa RIT 33-2014, RUC 1300969872-2, a la pena de 10 años y un día de presidio mayor en su grado medio, por el delito de tráfico ilícito de sustancias o drogas estupefacientes o sicotrópicas. Expone que cumple con los requisitos establecidos en el DL 321,
Fundamentos
considerando todas las modificaciones introducidas por las leyes N°20.931 y N°21.124, esto es, con el tiempo mínimo de cumplimiento efectivo de su condena, y con los cuatro bimestres de calificación conductual “muy buena” anteriores a su postulación, según se acredita en el informe acompañado al presente amparo. En el proceso de Libertad Condicional, primer semestre del presente año,
Fallo
se resuelve rechazar su postulación en base al mérito del informe psicosocial, pese al cumplimiento de los requisitos antes indicados. Considera que en el caso particular no se requiere informe de postulación psicosocial favorable elaborado por un equipo profesional del área técnica de Gendarmería de Chile, sino que demuestre avances en su proceso de reinserción social. Así las cosas, los argumentos citados en la resolución que por este acto de impugna, no satisfacen estándares razonables de fundamentación; por cuanto, y como ya se indicó precedentemente, se sustentan solo en las conclusiones del informe emitido para tales efectos, el cual constituye una opinión subjetiva no vinculante. Estima que la decisión conforme lo anterior, se torna ilegal carece de fundamentación y exige estándar mayor a aquel establecido en la ley para acceder a la libertad condicional. Pide que se revoque la decisión adoptada en la causa Rol Penal 442-2022, y que se deje sin efecto la resolución que rechaza la libertad condicional y en definitiva se le conceda al amparado. Evacuando su informe, el Sr. Presidente de la Comisión de Libertad Condicional, sostuvo que la Ley 21.124 estableció nuevos requisitos, más estrictos, para acceder al beneficio de libertad condicional; concretamente, en su artículo 2 N°3 exige contar con un informe de postulación psicosocial elaborado por un equipo profesional del área técnica de Gendarmería de Chile que permita orientar sobre los factores de riesgo de reincide
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Rancagua, veintisiete de mayo de dos mil veintidós. Vistos: Con fecha 23 de mayo de 2022, compareció Freddy Acosta Díaz, abogado, Defensor Penal Publico Penitenciario, en representación del condenado DAVID ELIAS PEÑALOZA GARRIDO, Cédula Nacional de Identidad N° 13570629-9, actualmente recluido en el Complejo Penitenciario de Rancagua, deduciendo recurso de amparo en contra de la Comisión de Liber
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