SIN INFORMACION

SUSANA ARIAS/GENDARMERIA DE CHILE CPF SANTIAGO

Rol

Fecha

27 de mayo de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que, recurre de amparo doña Irene Levy Valenzuela, abogada, en favor de Susana Arias, en contra de Gendarmería De Chile CPF San Joaquín. Indica que su representada se encontraba en el pabellón laboral, dormitorio 11 de la unidad penal y siempre tuvo una conducta intachable, pero se levantó a buscar un pan al dormitorio 16, la oficial a cargo la detuvo, le dijo que tenía hálito alcohólico y la condujo a la enfermería donde no encontraron indicio alguno al respecto. Señala que, producto de lo anterior se le impuso un castigo consistente en bajar su conducta, desvincularla del pabellón en el que vivía y la prohibición de visitas, lo que estima es un castigo excesivo. Expone que, lo anterior provoca un daño irreparable a su representada puesto que la baja de la conducta por parte de Gendarmería le impide obtener algún beneficio intrapenitenciario. Solicita, en definitiva, mantener la buena conducta de la amparada. Segundo: Que doña Valeria Rebeca Orrego Caro, abogada de la Oficina de Asistencia Jurídica de la Dirección Regional Metropolitana de Gendarmería de Chile, informó al tenor del recurso, indicando que según todos los antecedentes recopilados y proporcionados por personal del Centro Penitenciario Femenino de Santiago, respecto a la aplicación de una sanción disciplinaria impuesta a la interna, actualmente no registra sanción disciplinaría aplicada, sin embargo, en la base datos existe registro de parte por hálito alcohólico, pero la Jefa de Unidad determinó no sancionar a la interna amparada por no existir mérito suficiente. Señala que, cuando las reclusas registran faltas o posibles faltas al régimen interno, con acuerdo del Consejo Técnico las usuarias son desvinculadas inmediatamente del CET y una vez que la jefatura de unidad resuelve que no existen méritos suficientes para solicitar aplicación de sanción al tribunal, la usuaria es retornada a la sección laboral, lo que sucedió en este caso. Aclara que, en la actual

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CERTIFICO: Que se anunció, escuchó relación y alegó Irene Levy Valenzuela. San Miguel, 27 de mayo de 2022. Enrique Cossio Vásquez, Relator. (Hora de inicio 9:39 am. - hora de término 9:44 am). San Miguel, veintisiete de mayo de dos mil veintidós Proveyendo escrito folio 44319: Téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, recurre de amparo doña Irene Levy Valenzuela, abogada, en fav

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