SIN INFORMACION

FERNANDOI/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE TEMUCO

Rol

Fecha

27 de mayo de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: A folio 1, comparece MARCO ANTONIO FERNANDOI BUSTOS, Ingeniero Comercial, domiciliado en Padre Las Casas, avenida Martín Alonqueo Nº 1462, quien interpone Recurso de Protección en contra de la MUNICIPALIDAD DE TEMUCO, persona jurídica de derecho público, del giro servicio público, representada por su Alcalde don ROBERTO FRANCISCO NEIRA ABURTO, ambos con domiciliados en calle Prat Nº650, de la comuna de Temuco. 1.- Expone que, por Decreto Alcaldicio N°8383, de fecha 20 de Agosto del año 2018, fue contratado para prestar servicios en la Municipalidad de Temuco, en calidad de “Contrata”, para cumplir funciones en la Dirección de Desarrollo Comunitario, asimilado a la Planta Profesional Grado 9° de la E.M., por el periodo comprendido entre 13 de Agosto del 2018 al 31 de Diciembre del 2018, y mientras fueran necesarios sus servicios. En particular sus servicios los prestó en la Unidad de Desarrollo Económico Local (UDEL). 2.- Agrega que, por Decreto Alcaldicio N°13427, de fecha 31 de Diciembre del año 2019, fue contratado nuevamente para prestar servicios en la Municipalidad de Temuco, en calidad de “Contrata”, para cumplir funciones en la Dirección de Desarrollo Comunitario, asimilado a la Planta Profesional Grado 9 de la E.M., para el periodo comprendido entre 01 de Enero del 2020 al 31 de Diciembre del 2020, y mientras fueran necesarios sus servicios. En particular, estos servicios los prestó en la Unidad de Desarrollo Económico Local (UDEL). 3.- Luego, por Decreto Alcaldicio N°7.532, de fecha 13 de Noviembre del año 2020, se le prorrogó nuevamente su contrata para prestar servicios en la Municipalidad de Temuco, en calidad de “Contrata”, para cumplir funciones en la Dirección de Desarrollo Comunitario, asimilado a la Planta Profesional Grado 9 de la E.M., por el periodo comprendido entre 01 de Enero del 2021 al 31 de Diciembre del 2021, y mientras fueran necesarios sus servicios. En particular sus servicios los prestó en la Unidad de Desarrollo Económico L

Fundamentos

considerandos que allí constan. 8.- Este último Decreto, trata de justificar la decisión del Sr. Alcalde, con los siguientes argumentos, que constan en sus Considerandos: a) Que, don Marco Antonio Fernandoi Bustos, cumple funciones en el Departamento de Desarrollo Económico, en calidad de contrata hasta el 31 de diciembre de dos mil veintiuno y que, a la fecha de la última renovación no estaba en vigencia la nueva ley de planta, por ende, sus servicios eran necesarios. b) Que, de acuerdo a la Ley 20.922, de fecha 25 de mayo de 2016, Reglamento N°010, de fecha 13 de diciembre de 2019, que fijó la planta del personal y Decreto N°441 de fecha 05 de febrero de 2021, que aprueba el escalafón de las plantas de la Municipalidad de Temuco para el año 2021 y en lo sucesivo, se debió realizar una serie de modificaciones de las funciones del órgano y/o su reestructuración, que significa que para el año 2022, se hacen innecesario sus servicios, ya que, sus funciones fueron destinadas a la funcionaria que ingresó a la planta conforme a la ley en comento doña Leslie Vásquez Troncoso, Rut 15.989.399-5, en la planta profesional grado 12, por ende, esta reestructuración, de la institución fue provocada por el aumento de la planta municipal de 375 a 509 cargos, lo que motiva a no renovar su contrata. c) La supresión o modificación de planes, programas o similares, o una alteración de su prioridad, y precisamente la prioridad de hoy es, mantener y financiar la nueva planta municipal, que aumentó, haciendo nuevamente innecesario continuar con el cargo a contrata y que por su naturaleza de ser transitorio ha dejado de ser necesarios para el servicio municipal. d) Que atendida la situación económica que se vive a nivel país, producto de la Pandemia del Covid 19, que afecta a la Región y a la Comuna de manera significativa, debiendo ésta seguir orientando los esfuerzos a cubrir las necesidades de los habitantes de la comuna es que se han visto afectados, se ha considerado que esta función, puede ser ejecutada por algún otro funcionario o funcionaria de planta de la Municipalidad, sin que ese unidad sufra ningún tipo de incumplimiento respecto de los compromisos asumidos por la Municipalidad de Temuco. De conformidad a los criterios de “prioridad” y “nuevas condiciones presupuestarias establecidos en Dictamen 85.700 de 2016 de la Contraloría General de la República. e)

Fallo

En mérito de lo expuesto y considerando que don Marco Antonio Fernandoi Bustos, cumple exclusivamente con la referida función en el Departamento de Desarrollo Económico, y que, atendiendo los criterios de prioridad y modificación de condiciones referidos, dichas funciones fueron asumidas por doña Leslie Vásquez Troncoso en la planta profesional grado 12 , la que ingresó producto de ley 20.922, siendo su espíritu precisamente cubrir los cargos que se necesiten para cumplir las funciones de la municipalidad en personal en calidad de planta, y actuar en contra de norma vulneraría el principio de eficiencia en la administración. 9.- En síntesis, los argumentos Alcaldicios, consisten en que las labores que cumplo, van a ser asumidas por la funcionaria que ingresó a la Planta Profesional, Grado 12, doña Leslie Vásquez Troncoso, RUT. 15.989.399-5, en conformidad a la nueva Planta de Personal que rige al Municipio, que implicó su reestructuración aumentando la Planta de 375 a 509 cargos.- 10.- La verdad sea dicha, es que la decisión de la autoridad Edilicia, es solamente legítima desde un punto de vista formal y no de fondo, por cuanto, Leslie Andrea Vásquez Troncoso, es Periodista de Profesión, e ingresó a prestar servicios para el Municipio, en la Planta Profesional, Grado 12 EM, para desempeñar funciones en la Dirección de GABINETE DE ALCALDIA, en el Departamento de Relaciones Públicas, según consta en el Decreto Alcaldicio N°7899, de fecha 24 de noviembre del 2020, en consecuenc

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, veintisiete de mayo de dos mil veintidós. VISTOS: A folio 1, comparece MARCO ANTONIO FERNANDOI BUSTOS, Ingeniero Comercial, domiciliado en Padre Las Casas, avenida Martín Alonqueo Nº 1462, quien interpone Recurso de Protección en contra de la MUNICIPALIDAD DE TEMUCO, persona jurídica de derecho público, del giro servicio público, representada por su Alcalde don ROBERTO FRANC

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