OSORIO ARELLANO PAOLO ANDRES/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
26 de mayo de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece doña Karen Yu-Yen Bustíos Wong, abogada, quien interpone recurso de amparo en favor de Paolo Andrés Osorio Arellano, actualmente privado de libertad en el CDP Santiago Sur, y en contra de la Comisión de Libertad Condicional que sesionó en abril de 2022, por el acto que considera ilegal y arbitrario consistente en denegar al amparado la libertad condicional, vulnerando de este modo la garantía de libertad personal que la Constitución Política de la República le asegura. Funda el recurso expresando que su representado cumple un saldo de condena, de 951 días, cuyo cumplimiento inició el día 19 de mayo de 2020, con término previsto para el día 25 de diciembre de 2022, y que cumplió el tiempo mínimo para optar a la libertad condicional con fecha 30 de enero de 2021, contando con el requisito de conducta exigido al efecto. No obstante, la Comisión de Libertad recurrida rechazó su solicitud de beneficio de libertad condicional. Indica que el amparado es una persona que durante toda su permanencia en el penal, ha volcado su vida intrapenitenciaria a mejorar su situación de vida, ha puestos sus esfuerzos y herramientas personales a mantener una conducta intachable. En tal sentido, refiere que terminó enseñanza media, ha trabajado en talleres, está sujeto a plan de intervención y, en el medio libre, mantiene un negocio de comida rápida junto a su pareja, con quien pretende seguir trabajando. Cuenta con red de apoyo, compuesta por su pareja y sus padres, antecedentes que dan cuenta de claros avances en el proceso de reinserción social. Prosigue argumentando que la libertad condicional es un beneficio, con requisitos claros contemplados en el artículo 2º del DL 321, modificado por la Ley 21.124, resultando esencial, para concederlo, que el condenado demuestre avances en su proceso de reinserción social, a fin de que se convierta, a través de su condena, en una persona con mejores herramientas para enfrentar el medio libre.
Fallo
Por estas consideraciones, se RECHAZA el beneficio de libertad condicional solicitado por el interno Paolo Andrés Osorio Arellano, cédula nacional de identidad N°17.030.255-9.” Finalmente, señala que esa Comisión rechazó la concesión del beneficio de libertad condicional para el amparado, teniendo presente que el análisis de los antecedentes acompañados por Gendarmería de Chile no permitió hacer uso de la facultad antes referida. TERCERO: Que la recurrida junto a su informe, aparejó el denominado “Formulario Consolidado de Postulación”, en el que aparece que el recurrente tiene 33 años de edad, presenta un alto compromiso delictual, que se encuentra cumpliendo un saldo de pena de 951 días, por delito de robo con intimidación y dos delitos de receptación; la que inició el 19 de mayo de 2020 y su término corresponde al 25 de diciembre de 2022, sin días de abono, por lo que el tiempo mínimo lo cumplió el 30 de enero de 2021. Añade que no tiene beneficios intrapenitenciarios y registra seis faltas al régimen interno, anteriores al año 2016, y que durante los últimos cuatro bimestres de julio y agosto de 2021 a enero y febrero presente año ha sido calificado con muy buena conducta. Se acompaña el informe de postulación psicosocial del amparado, el que en su acápite IV denominado “Análisis Global del proceso de reinserción del postulante” concluye que el amparado “cuenta con habilidades cognitivas para el aprendizaje e incorporación de herramientas psicosocio-normativas, con las
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C.A. de Santiago Santiago, veintiséis de mayo de dos mil veintidós. Al folio 9: todo, téngase presente. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece doña Karen Yu-Yen Bustíos Wong, abogada, quien interpone recurso de amparo en favor de Paolo Andrés Osorio Arellano, actualmente privado de libertad en el CDP Santiago Sur, y en contra de la Comisión de Libertad Condicional que sesionó en abr
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