9º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

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Rol

Fecha

26 de mayo de 2022

Materia

FACTURA, NOTIFICACIÓN DE

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTO: Se reproduce la sentencia en alzada, previa eliminación de sus

Fundamentos

fundamentos Quinto y Sexto. Y TENIENDO EN SU LUGAR Y, ADEMÁS, PRESENTE: Que el mérito de la prueba rendida no permite tener por acreditado el hecho fáctico en que el ejecutado sustenta la excepción prevista en el numeral 7° del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, que consistió básicamente en que la factura contendría el valor de las barras de pol dance y su instalación, argumentando al efecto que el ejecutante habría incumplido esta segunda obligación. Lo cierto es que las probanzas documentales allegadas al proceso no logran probar que la factura de cuenta de una venta y, además, de un servicio y, así las cosas, corresponde por ese motivo rechazar la aludida defensa.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia apelada de fecha cuatro de septiembre de dos mil diecinueve, pronunciada en los autos rol N° C-12.229-19, seguidos ante el 9° Juzgado Civil de Santiago. Regístrese y devuélvase la competencia. N°Civil-13222-2019.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintiséis de mayo de dos mil veintidós. VISTO: Se reproduce la sentencia en alzada, previa eliminación de sus fundamentos Quinto y Sexto. Y TENIENDO EN SU LUGAR Y, ADEMÁS, PRESENTE: Que el mérito de la prueba rendida no permite tener por acreditado el hecho fáctico en que el ejecutado sustenta la excepción prevista en el numeral 7° del artículo 464 del Código de Procedi

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