4º TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE SANTIAGO

C/ JESUS ARMANDO MUNOZ PONCE

Rol

Fecha

26 de mayo de 2022

Materia

HOMICIDIO. ART.391 Nº 2.

Resultado

ABANDONADA RECURSO

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: Atendido lo informado por la señora relatora ministro de fe para estos efectos, y lo dispuesto en el artículo 358 inciso 2º del Código Procesal Penal, se declara abandonado el recurso de apelación interpuesto por el abogado defensor privado don Oscar Vargas Fuentes en representación del acusado Jesús Armando Muñoz Ponce, en contra de la resolución de fecha diecisiete de mayo de dos mil veintidós, dictada por el 4° Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de Santiago. Comuníquese. Devuélvase la competencia. Ruc: 1600774110-7 Rit : 1-442-2018 N°Penal-2267-2022. Pronunciada por la Cuarta Sala de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Juan Manuel Muñoz Pardo, e integrada por el Ministro (S) señor Rodrigo Carvajal Schnettler y el Abogado Integrante señor Michael Camus Dávila.

Fallo

se declara abandonado el recurso de apelación interpuesto por el abogado defensor privado don Oscar Vargas Fuentes en representación del acusado Jesús Armando Muñoz Ponce, en contra de la resolución de fecha diecisiete de mayo de dos mil veintidós, dictada por el 4° Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de Santiago. Comuníquese. Devuélvase la competencia. Ruc: 1600774110-7 Rit : 1-442-2018 N°Penal-2267-2022. Pronunciada por la Cuarta Sala de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Juan Manuel Muñoz Pardo, e integrada por el Ministro (S) señor Rodrigo Carvajal Schnettler y el Abogado Integrante señor Michael Camus Dávila.

Texto Completo (Preview)

CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, veintiséis de mayo de dos mil veintidós. Sala: Cuarta Rol Corte: Penal-2267-2022 Ruc: 1600774110-7 Rit : 1-442-2018 Juzgado: 4° TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL Integrantes: Ministro señor Juan Manuel Muñoz Pardo, el Ministro (S) señor Rodrigo Carvajal Schnettler y el Abogado Integrante señor Michael Camus Davila. Relatora: Verónica del Campo Digitador

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