C/ SEGUNDO ELEUTERIO ANTIVIL BERNALES
Rol
Fecha
26 de mayo de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto y teniendo presente: Que no encontrándose cuestionados los presupuestos materiales de las letras a y b del artículo 140 del Código Procesal Penal, respecto de la necesidad de cautela, teniendo en consideración la naturaleza de los delitos que se imputan al encausado y el deber del Estado y en este caso del órgano jurisdiccional de adoptar las medidas conducentes para garantizar la vida, integridad personal y seguridad de los miembros de la familia, a la luz de lo previsto en el artículo 2° de la Ley 20.066, los bienes jurídicos que deben ser tutelados y la constatación de que en un proceso penal previo fue condenado como autor de homicidio y lesiones graves y que, como reconoce su propia defensa, presenta antecedentes psiquiátricos o psicológicos que denotan características de personalidad violenta, aspectos, estos últimos, que de conformidad a lo previsto en el artículo 7° del texto legal citado debe llevar al aparato judicial a conjeturar el riesgo inminente de la ofendida y de sus hijos de sufrir otro agravio constitutivo de violencia intrafamiliar; determinan presumir fundadamente, entonces, que existe un evidente peligro de reiteración de conductas similares, por lo que deben disponerse a su respecto medidas más drásticas con la finalidad de disminuir el peligro para la seguridad de la víctima y de su familia. Por estas consideraciones y de conformidad, además, a lo previsto en el artículo 140 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución de fecha 16 de mayo pasado, dictada por el 3° Juzgado de Garantía de esta ciudad, que negó lugar a la petición de las cautelares requeridas por el Ministerio Público; y en su lugar se hace lugar a ella y se ordena al imputado Segundo Eleuterio Antivil Bernales hacer abandono inmediato del hogar común y se dispone a su respecto la prohibición de acercarse a menos de 200 metros de distancia a la víctima y a su familia. Comuníquese por la vía más rápida. Penal N° 2236-2022.- Resolución incluida en el Estado Diario de h
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, a lo previsto en el artículo 140 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución de fecha 16 de mayo pasado, dictada por el 3° Juzgado de Garantía de esta ciudad, que negó lugar a la petición de las cautelares requeridas por el Ministerio Público; y en su lugar se hace lugar a ella y se ordena al imputado Segundo Eleuterio Antivil Bernales hacer abandono inmediato del hogar común y se dispone a su respecto la prohibición de acercarse a menos de 200 metros de distancia a la víctima y a su familia. Comuníquese por la vía más rápida. Penal N° 2236-2022.- Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.
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CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, veintiséis de mayo de dos mil veintidós. Sala: Segunda Rol Corte: Penal-2236-2022 Ruc: 2200468492-7 Rit : O-2043-2022 Juzgado: 3º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: el Ministro señora Maritza Elena Villadangos Frankovich, el Ministro (S) señor Enrique Faustino Duran Branchi y el Abogado Integrante señor David Peralta Anabalon Relator: José Tomás He
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