CAMPOS/TORRES
Rol
Fecha
30 de mayo de 2022
Materia
ARRENDAMIENTO,RESTITUCIÓN POR EXPIRACIÓN TIEMPO ESTIPULADO
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que atendido lo dispuesto en el artículo 8° numeral 9 de la Ley N° 18.101, en los juicios de arrendamiento sólo serán apelables la sentencia definitiva de primera instancia y las resoluciones que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, naturaleza jurídica que no reviste la providencia que se impugna por esta vía. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, el dos de mayo del año en curso, en contra de lo pertinente de la resolución dictada el veintiséis de abril del mismo año. Regístrese y devuélvase, vía interconexión. N°Civil-6828-2022. vot
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, el dos de mayo del año en curso, en contra de lo pertinente de la resolución dictada el veintiséis de abril del mismo año. Regístrese y devuélvase, vía interconexión. N°Civil-6828-2022. vot
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, treinta de mayo de dos mil veintidós. Al folio N° 3: Estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que atendido lo dispuesto en el artículo 8° numeral 9 de la Ley N° 18.101, en los juicios de arrendamiento sólo serán apelables la sentencia definitiva de primera instancia y las resoluciones que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, natu
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