ROMEL VIÑAS LOPEZ / DEPARTAMENTO DE EXTRANJERIA Y MIGRACION DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PUBLICA DE CHILE
Rol
Fecha
26 de mayo de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que el 22 de abril de 2022 los abogados don Pablo Daniel Peñaloza Parra y don Joaquín Andrés Contreras Roa deduce acción de protección en favor del ciudadano venezolano Romel Jesús Viñas López, domiciliado en Pasaje Libertad 688, Melipilla, contra el Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por omitir pronunciamiento respecto de su solicitud de regularización migratoria de 1 de octubre de 2021, lo que califican de ilegal, arbitrario y lesivo de sus derechos asegurados en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, al constituir una transgresión de los artículos 4, 7, 9 y 27 de la Ley 19.880. Destacan que Viñas López no recibió ninguna notificación ulterior desde entonces. Piden, en definitiva, que se ordene a la autoridad recurrida pronunciarse sobre la solicitud de regularización migratoria, adoptando las providencias que sean necesarias para establecer el imperio del derecho. Segundo: Que el abogado Julián Salviat Silva informa que desde el 1 de octubre de 2021 la solicitud está en trámite etapa de análisis. Asegura que contra la presentación del recurrente se otorgó un permiso de trabajo, de forma gratuita y con vigencia mientras su solicitud se encuentre en trámite y que dicho permiso acredita la residencia regular del recurrente durante todo el período de tramitación de su solicitud. Asimismo, sostiene que, por el estado de emergencia en que se encontraba el país a raíz de la pandemia mundial suscitada por Covid-19, se configura un caso fortuito que, al tenor de lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 19.880, justifica el lapso transcurrido desde que se inició el respectivo procedimiento administrativo para la obtención de permanencia definitiva a que alude el recurso. Niega, en consecuencia, la concurrencia del obrar ilegal, arbitrario y lesivo atribuido a su respecto. Tercero: Que el recurso de protección de garantías constitucionales constituye una acci
Texto Completo (Preview)
Certifico que alegó por el recurso el abogado Joaquín Contreras Roa y contra el mismo el abogado Nicolás Cornejo Montenegro. La vista de la causa se inició a las 9:21 y terminó a las 9:35 hrs. San Miguel, 26 de mayo de 2022. Javiera Gainza Flores, relatora. San Miguel, veintiséis de mayo de dos mil veintidós. Al escrito folio 43661 y 43676: A lo principal, téngase presente; Al otrosí, a sus ante
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