JUZGADO DE LETRAS DE ANCUD

BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/MORALES

Rol

Fecha

26 de mayo de 2022

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: El mérito de los antecedentes, compartiendo la argumentación del juez a quo y considerando, además, que el correo electrónico y documento adjunto acompañados por el ejecutado en su escrito de interposición de recurso no dan cuenta de la concesión de una espera o prórroga del plazo en los términos previstos en el artículo 464 N°11 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto de la simple lectura de tales documentos no se desprende aquello, sino por el contrario, que éstos consisten solo en una oferta por parte del banco acreedor, se confirma, sin costas, la sentencia en alzada de fecha diecisiete de febrero de dos mil veintidós pronunciada por la Juez Interina del Juzgado de Letras de Ancud doña Vania Angulo Torrez, que rechazó las excepciones opuestas e hizo lugar a la demanda ejecutiva con costas. No firma la Ministra doña Ivonne Avendaño Gómez, no obstante haber concurrido a la vista y acuerdo en la presente causa, por encontrarse en comisión de servicio. Devuélvase. Rol Civil N°204-2022.

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, veintiséis de mayo de dos mil veintidós. Vistos: El mérito de los antecedentes, compartiendo la argumentación del juez a quo y considerando, además, que el correo electrónico y documento adjunto acompañados por el ejecutado en su escrito de interposición de recurso no dan cuenta de la concesión de una espera o prórroga del plazo en los términos previstos en el artículo 464 N°11 del

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