JIMÉNEZ/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE COBQUECURA
Rol
C-11-2019
Fecha
18 de junio de 2020
Materia
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: 1.- Que con fecha 06 de junio de 2020, el abogado de la parte demandada interpuso recurso de reposici n en contra de la resoluci n dictada conó ó fecha 15 de abril de 2020, solicitando que sea dejada sin efecto, fundado en que, si bien se le ha ordenado dictar un decreto alcaldicio de pago en la presente causa, por la suma de $11.623.220, la contraparte habr a renunciado t citamenteí á al cumplimiento del cr dito de autos, toda vez que ya habr a solicitado elé í cumplimiento de la sentencia de autos ante el tribunal, excluyendo los valores que ahora se pretende cobrar. Puntualiza que con anterioridad se habr a limitado aí solicitar que cesen las conductas discriminatorias en contra de la demandada, sin incluir los montos de las indemnizaciones, lo que en su concepto, constituye una renuncia t cita a dichos valores.á 2.- Que, con fecha 09 de junio de 2020 se confiri traslado a la parteó demandante a fin que se ala lo pertinente a sus derechos.ñ 3.- Que, con fecha 12 de junio de 2020, don Francisco Amigo Cartagena, en su calidad de patrocinante de la parte demandante, evacu el trasladoó conferido, solicitando el rechazo del recurso en cuesti n, fundado en que la parteó demandante solo busca dilatar el cumplimiento de la demanda y niega rotundamente que haya renunciado a los montos ordenados en la sentencia definitiva dictada en la causa Laboral RIT: T-9-2017 de ste Tribunal.é 4.- Que, atendido que seg n se desprende de lo obrado en estos autosú seg n lo cual, la parte ejecutante no ha manifestado en forma alguna la renunciaú expresa del cr dito establecido por sentencia definitiva dictada en la causa Laboralé RIT: T-9-2017 de ste Tribunal, y que de la gesti n del patrocinante de la parteé ó demandante no cabe duda que se busca obtener el cumplimiento de la sentencia definitiva dictada en autos, es que el Tribunal adquiere el convencimiento que no debe darse lugar a la reposici n como se dir a continuaci n. ó á ó Por lo expuesto y considerado anteriormente se r
Fallo
Por lo expuesto y considerado anteriormente se resuelve: I.- Que, se rechaza el recurso de reposici n interpuesto por don Baltazaró Morales Espinoza, a lo principal de su presentaci n de fecha 08 de junio deó 2020. VXSHPZWYSQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl II.- Que, se condena en costas a la parte ejecutada. III.- Que, encontr ndose pendiente resolver el otros de la presentaci n deá í ó don Baltazar Morales Espinoza de fecha 08 de junio de 2020: se provee: Que atendido a lo resuelto precedentemente, no ha lugar por innecesario. RIT: C-11-2019 RUC: 17-4-0027585-8 Provey ó don Adolfo Montenegro Venegas, Juez Subrogante del Juzgado de Letras y Garant a deí Quirihue. En Quirihue a dieciocho de junio de dos mil veinte, se notific por eló estado diario la resoluci n precedente.ó AMV/BLS 2020-06-18T14:33:18-0400
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Quirihue, dieciocho de junio de dos mil veinte. Vistos: 1.- Que con fecha 06 de junio de 2020, el abogado de la parte demandada interpuso recurso de reposici n en contra de la resoluci n dictada conó ó fecha 15 de abril de 2020, solicitando que sea dejada sin efecto, fundado en que, si bien se le ha ordenado dictar un decreto alcaldicio de pago en la presente causa, por la suma de $11.623.220, la
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