SIN INFORMACION

MARIO ANTONIO MANQUE ARAYA/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL LA SERENA (PRIMER SEMESTRE 2022)

Rol

Fecha

25 de mayo de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece Fabián Peñailillo Pérez, abogado, interponiendo acción constitucional de amparo en favor de Mario Antonio Manque Araya, cédula nacional de identidad Nº14.537.766-8, recluido en complejo penitenciario de La Serena, y en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por el acto consistente en la dictación de Resolución N°187-2022 de 01 de abril de 2022, por la cual se rechaza la postulación del amparado a la libertad condicional. Expone que la Comisión de Libertad Condicional rechazo la postulación del amparado esgrimiendo que “analizados y ponderados por esta Comisión los antecedentes que constan en la carpeta de dicho postulante, así como los enviados por la Defensa Privada del solicitante, se estima que el interno no cumple con los requisitos necesarios para un cumplimiento en libertad, ya que - No cumple con el requisito consistente en el informe de postulación psicosocial de Gendarmería por lo que no se puede verificar la existencia o no, de factores de riesgo de reincidencia del condenado, no advirtiendo,

Fallo

por tanto, una adecuada reinserción en la sociedad.” Alega que, a pesar de no contarse con el informe psicosocial de Gendarmería de Chile, la Comisión debió oficiar a ese organismo a fin de que remitiera el mentado informe, atendido que con los antecedentes acompañados el evaluador podía cumplir con esta exigencia. Agrega que Gendarmería de Chile acompañó un documento en que señala que no es posible elaborar el informe psicosocial por negarse el amparado a la aplicación de instrumentos de evaluación y/o entrevistas psicosociales, cuestión que sostiene sería inexacta. Afirma que el 22 de marzo del año en curso el amparado fue requerido por el evaluador para sostener entrevista con él, estableciendo condiciones respecto a que dicha entrevista seria grabada en soporte audiovisual. Señala que el amparado manifestó al evaluador que le incomoda ser grabado y que se encuentra dispuesto a otra entrevista sin que se grabe la conversación, ante lo cual el evaluador responde que aquello no es posible y que si no desea realizar la entrevista debe firmar un documento, en el que renuncia al proceso de entrevistas y/o evaluaciones para elaboración de informe de postulación psicosocial. Sostiene que dentro de los documentos a los cuales tuvo acceso la Comisión, se encuentra Inventario para la Gestión de Caso/Intervención (IGI), para cuya elaboración es necesario que el evaluador sostenga entrevista con el interno, de lo cual se desprendería que Gendarmería de Chile contaba con antecedentes

Texto Completo (Preview)

Manque Araya, Mario Antonio Comisión de Libertad Condicional Recurso de Amparo Rol N°177-2022.- La Serena, veinticinco de mayo de dos mil veintidós. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece Fabián Peñailillo Pérez, abogado, interponiendo acción constitucional de amparo en favor de Mario Antonio Manque Araya, cédula nacional de identidad Nº14.537.766-8, recluido en complejo penitenciario de L

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