SIN INFORMACION

FUENTES/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL DE ANTOFAGASTA

Rol

Fecha

25 de mayo de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: La comparecencia de Camila Andrea Leonicio Uribe, abogada, con domicilio en calle Baquedano N° 239, oficina 416, de la ciudad de Antofagasta, quien dedujo recurso de amparo de conformidad al artículo 21 de la Constitución Política a favor de PEDELIO FUENTES AYMORO, cédula de identidad 14.868.255-0 en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por haber rechazado de modo ilegal y arbitrario el beneficio de libertad condicional al amparado. Informó la recurrida, instando por el rechazo de la acción constitucional. Puesta la causa en estado, se han traído los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el recurso se funda en la circunstancia del cumplimiento de una condena de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo por el delito consumado de tráfico ilícito de estupefacientes. Agregó que postuló al beneficio de libertad condicional, siendo rechazada por la recurrida. Que de acuerdo con la información proporcionada por Gendarmería de Chile el recurrente registra como inicio de la condena el día veintiocho de diciembre de dos mil dieciocho proyectándose su cumplimiento para el día veintinueve de diciembre de dos mil veintitrés cumpliendo así con el tiempo mínimo de postulación el día veintinueve de abril de dos mil veintidós.

Fallo

Por tanto, pudo postular a la libertad condicional, y cumple con todos los requisitos legales y reglamentarios del D.L. 321 para postular al beneficio. No obstante, debido al informe evacuado por personal de Gendarmería, la recurrida rechazó la postulación. Sin embargo, señala que dicho informe carece de la fundamentación necesaria para justificar el rechazo del beneficio limitándose solo a transcribir los argumentos vertidos por los peritos en su informe no analizando la forma en que aquellos pueden evidenciar obstáculos en la reinserción del recurrente. Indica el recurrente con relación a la evaluación, se encuentra nivelando estudios, cursando el primer ciclo básico para adultos; ejerce labores remuneradas en el la unidad penal, en área de aseo y mantención, desde el veintiuno de octubre de dos mil veintiuno hasta la feca; en cuanto a capacitación, cuenta con curso de administración de bodega y control de inventario, hecho el dos mil veintiuno, aprobado con buen desempeño; es titular del beneficio de reducción de condena, el que, de acuerdo a la ley N°19856 y su reglamento, también mide los avances en los procesos de intervención social. Así indica que de acuerdo a evaluación de riesgo, este presenta una valoración media, sin que a su respecto se realice un plan de intervención individual ya que la unidad penal de Taltal no cuenta con profesionales para intervenir y por tanto las intervenciones no van a ser otorgadas por la administración penitenciaria, sin perjuicio de

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, a veinticinco de mayo de dos mil veintidós. VISTOS: La comparecencia de Camila Andrea Leonicio Uribe, abogada, con domicilio en calle Baquedano N° 239, oficina 416, de la ciudad de Antofagasta, quien dedujo recurso de amparo de conformidad al artículo 21 de la Constitución Política a favor de PEDELIO FUENTES AYMORO, cédula de identidad 14.868.255-0 en contra de la Comisión de Liberta

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