SLAHER NICOLAS / DEPARTAMENTO DE EXTRANJERIA Y MIGRACION DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PUBLICA DE CHILE
Rol
Fecha
25 de mayo de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que Tomás Guillermo Matheson Mujica, abogado, en representación de Slaher Nicolas, ciudadano haitiano, domiciliado en Miguel de Unamuno Nº6267, San Joaquín recurre de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por su director, don Luis Thayer Correa, ambos domiciliados en avenida Matucana 1223, comuna y ciudad de Santiago, por el no pronunciamiento respecto de su solicitud de permanencia definitiva, omisión arbitraria e ilegal que conculca la garantía constitucional de igualdad ante la ley consagrada en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República. Expone que el 24 de junio de 2020 su representado solicitó el beneficio de permanencia definitiva respecto del cual hasta el día de hoy no ha recibido una respuesta. Reclama que su cédula de identidad se encuentra vencida y no podrá renovarla mientras no se resuelva su solicitud. Indica que la demora de la autoridad no tiene justificación y transgrede los principios de celeridad, conclusivo e inexcusabilidad establecidos en los artículos 7, 8 y 14 de la ley 19.880. Refiere que la recurrida tampoco ha dado cumplimiento al plazo de 6 meses establecido en el artículo 27 de la norma legal antes citada. Señala que de las seis etapas establecidas en la Circular N°12 de 2021 del Servicio Nacional de Migraciones, sólo el acto descrito en el número 6 es un acto administrativo terminal. Solicita que se acoja el presente recurso y se ordene a la recurrida emitir el pronunciamiento que en derecho corresponda respecto de la solicitud de permanencia definitiva, o las medidas que esta Corte estime para reestablecer el imperio del derecho, con expresa condena en costas. Segundo: Que el abogado Francisco Javier Errázuriz Quiroz informa que la solicitud realizada el 24 de junio de 2020, cuya subsanación se ordenó el 28 de mayo de 2021, está actualmente en etapa administrativa de evaluación intermedia desde el 5 de diciembre de 2021, lo que implica a) Aná
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido a favor de Slaher Nicolas en contra del Servicio Nacional de Migraciones, sólo en cuanto se dispone que ésta repartición deberá emitir pronunciamiento definitivo sobre la solicitud planteada, dentro del plazo de treinta días corridos contados desde que la sentencia se encuentre ejecutoriada. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°6923-2022 Protección. Pronunciada por la Cuarta Sala de esta Corte de Apelaciones de San Miguel, integrada por las ministras Sylvia Pizarro Barahona, Liliana Mera Muñoz y María Alejandra Rojas Contreras. .
Texto Completo (Preview)
San Miguel, veinticinco de mayo de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que Tomás Guillermo Matheson Mujica, abogado, en representación de Slaher Nicolas, ciudadano haitiano, domiciliado en Miguel de Unamuno Nº6267, San Joaquín recurre de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por su director, don Luis Thayer Correa, ambos domiciliados en avenid
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