SIN INFORMACION

LUCIANO ANDRES BIZAMA RODRIGUEZ/ ISAPRE NUEVA MASVIDA S.A. (PR15)

Rol

Fecha

25 de mayo de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADO SIN COSTAS

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Hechos

Vistos: En folio 1, comparece el abogado don Luis Arriagada Fideli, en favor de don Luciano Andrés Bizama Rodríguez, empleado, domiciliado en Concepción, calle Caleuche N° 481, e interpone recurso de protección en contra de la Isapre Nueva Masvida S.A., representada por Hernán Pérez Carvallo, domiciliados en Miraflores 383, Piso 15, oficina 1502, Santiago y solicita que se acoja el recurso, con costas, y se ordene la rebaja del factor de riesgo de la carga familiar Francisco Ambrosio Bizama Godoy, desde 1,80 a 0,6 UF y que la recurrida restituya lo excesivamente pagado por el recurrente por el periodo que indica o se adopten las medidas convenientes, con costas. Funda su acción en que el 26 de julio de 2016, el recurrente incorpora a su hijo, a la sazón de 1 año y ocho meses, y se le aplicó un factor de riesgo de 1,80 UF. El 9 de noviembre de 2016, el menor cumplió 2 años y desde esa fecha la recurrida ha aplicado un factor de riesgo incorrecto pues nunca rebajó el factor de riesgo del menor. Añade que desde el 9 de noviembre de 2016 hasta el 9 de noviembre de 2019, se debía cobrar un factor de riesgo de 0,80 UF y se cobró 1,80 UF. Desde el 9 de noviembre de 2019 a la fecha se debe cobrar 0,6 UF y se sigue cobrando 1,80 UF. Encontrándose ante una omisión arbitraria e ilegal de la isapre, debido a que no efectuó la rebaja como corresponde de acuerdo al tramo de edad, estimando conculcadas las garantías establecidas en los numerales 2°, 9° y 24 del artículo 19 de la Carta Fundamental, según explica. En folio 10, doña Ximena San Martín Saldías, abogada, por la recurrida Isapre MásVida S.A., solicita el rechazo de la acción. Señala que el recurrente estuvo afiliado a Isapre Nueva MasVida S.A. a partir del 1 de mayo de 2017 hasta su desafiliación voluntaria el 14 de abril en curso. Estima que su representada actuó con respecto al contrato que mantuvo vigente, a las normas legales que lo regulan y las instrucciones impartidas por la autoridad, según explica. Se trajer

Fundamentos

motivos plausibles para recurrir por lo que no será condenado en costas.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se rechaza la acción constitucional de protección interpuesta por el abogado don Luis Arriagada Fideli, en favor de don Luciano Andrés Bizama Rodríguez, en contra de la Isapre Nueva Masvida S.A., sin costas. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Redactó Camilo Álvarez Órdenes, ministro titular. N°Protección-13223-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción xsr Concepción, veinticinco de mayo de dos mil veintidós. Vistos: En folio 1, comparece el abogado don Luis Arriagada Fideli, en favor de don Luciano Andrés Bizama Rodríguez, empleado, domiciliado en Concepción, calle Caleuche N° 481, e interpone recurso de protección en contra de la Isapre Nueva Masvida S.A., representada por Hernán Pérez Carvallo, domiciliados en Miraflores 38

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