MP. C/ RODRIGO MOISÉS GUTIÉRREZ BERRÍOS, BRAYAN DANIEL ROSALES REYES Y RODRIGO ENRIQUE GUTIÉRREZ PINILLA. QTE: TELEFÓNICA CHILE S.A.
Rol
Fecha
25 de mayo de 2022
Materia
RECEPTACION. ART. 456 BIS
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: Que, de acuerdo al mérito de lo expuesto en la audiencia, aparece que se encuentran justificados los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal respecto de los delitos por los que fueron formalizados los imputados, y se estima que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, en relación con lo dispuesto en la letra c) de la norma antes mencionada,
Fundamentos
considerando su gravedad, forma de comisión, pena probable, modalidad de cumplimiento, número de delitos, el haber actuado en grupo o pandilla y, en el caso de Rodrigo Gutiérrez Berrios y Rodrigo Gutiérrez Pinilla, por contar con causas penales en tramitación por delitos de la misma especie, con medidas cautelares vigentes a la fecha de los hechos investigados en autos, conjunto de elementos que torna insuficientes las restantes medidas cautelares previstas por el legislador procesal penal a los efectos normados en el inciso segundo del artículo 139 del referido cuerpo legal. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 352 y siguientes del Código antes citado, se confirma la resolución dictada en audiencia de dieciocho de mayo del año en curso, por el 15° Juzgado de Garantía de Santiago, que decretó la prisión preventiva de los imputados Rodrigo Moisés Gutiérrez Berríos, Brayan Daniel Rosales Reyes y Rodrigo Enrique Gutiérrez Pinilla. Comuníquese vía interconexión. N° 1418-2022 Penal.
Texto Completo (Preview)
En San Miguel, a veinticinco de mayo de dos mil veintidós. Sala: Tercera Sala Rol: 1418-2022 Penal Ruc: 2200479654-7 RIT: 1766-2022 Tribunal: 15° Juzgado de Garantía de Santiago Integrantes: Ministros señora Adriana Sottovia Giménez, señora M. Alejandra Pizarro Soto y señora Carmen Gloria Escanilla Pérez. Relator: Francisco Garay Torres Digitadora: Marliz Vergara Jaramillo Fiscal: Karen Acevedo D
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