TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE LINARES

M.P. C/ BENJAMIN ANTONIO GONZALEZ GRANDON

Rol

Fecha

25 de mayo de 2022

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO. ART. 442.

Resultado

SENTENCIA DE REEMPLAZO

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Se reproduce la sentencia de 9 de marzo de 2022, pronunciada por el Tribunal del Juicio Oral en lo Penal de Linares, en causa RIT 86-2021, con excepción del párrafo segundo del motivo undécimo, que se inicia con la frase “En cuanto” y concluye con la voz “bodega.”; y del motivo décimo quinto, que se eliminan. Asimismo, se reproduce el razonamiento quinto del fallo de nulidad que antecede.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, de acuerdo a los sucesos establecidos en el reproducido fundamento noveno, tales hechos se encuadran en la figura típica de robo en lugar no habitado, en grado de tentativa, previsto en el artículo 432 y sancionado en el artículo 442 N°1, ambos del Código Penal, pues el hechor ingresó a una bodega del Local Alero de Anita, ubicado en el Mercado Central de Linares, mediante el escalamiento de su muro y, una vez en el interior, tomó la cartera de la ofendida que se encontraba colgada en dicha dependencia, con ánimo de lucro y sin la voluntad de aquélla, sin verificar la apropiación de la misma, pues no la sacó de la esfera de resguardo de su dueña, ya que optó por abandonarla y huir del lugar. SEGUNDO: Que, para los efectos de la determinación de la pena que corresponde imponer en la especie, ha de tenerse en consideración que el delito de robo en lugar no habitado, de que es responsable el encartado, se encuentra sancionado en el artículo 442 N°1 del Código Penal, con la pena de presidio menor en sus grados medio a máximo. En consecuencia, habiéndose perpetrado en grado de desarrollo de tentado, procede rebajar en dos grados la pena temporal antes individualizada, conforme a lo dispuesto en el artículo 52 del Código Penal, radicándose en la de prisión en su grado máximo. Atendido lo resuelto en el reproducido considerando décimo cuarto del

Fallo

fallo de nulidad que antecede. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, de acuerdo a los sucesos establecidos en el reproducido fundamento noveno, tales hechos se encuadran en la figura típica de robo en lugar no habitado, en grado de tentativa, previsto en el artículo 432 y sancionado en el artículo 442 N°1, ambos del Código Penal, pues el hechor ingresó a una bodega del Local Alero de Anita, ubicado en el Mercado Central de Linares, mediante el escalamiento de su muro y, una vez en el interior, tomó la cartera de la ofendida que se encontraba colgada en dicha dependencia, con ánimo de lucro y sin la voluntad de aquélla, sin verificar la apropiación de la misma, pues no la sacó de la esfera de resguardo de su dueña, ya que optó por abandonarla y huir del lugar. SEGUNDO: Que, para los efectos de la determinación de la pena que corresponde imponer en la especie, ha de tenerse en consideración que el delito de robo en lugar no habitado, de que es responsable el encartado, se encuentra sancionado en el artículo 442 N°1 del Código Penal, con la pena de presidio menor en sus grados medio a máximo. En consecuencia, habiéndose perpetrado en grado de desarrollo de tentado, procede rebajar en dos grados la pena temporal antes individualizada, conforme a lo dispuesto en el artículo 52 del Código Penal, radicándose en la de prisión en su grado máximo. Atendido lo resuelto en el reproducido considerando décimo cuarto del fallo en estudio, no concurren en la especie circunstancias modificatorias de

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA DE REEMPLAZO Talca, veinticinco de mayo de dos mil veintidós. En cumplimiento de lo ordenado por el pronunciamiento de nulidad que precede y lo estatuido en el artículo 385 del Código Procesal Penal, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo. VISTOS: Se reproduce la sentencia de 9 de marzo de 2022, pronunciada por el Tribunal del Juicio Oral en lo Penal de Linares, en causa RIT 86-2

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica