26º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

INMOBILIARIA CALFU SPA/INVERSIONES SAN ADOLFO LIMITADA

Rol

Fecha

26 de mayo de 2022

Materia

ARRENDADOR,RESTITUCIÓN POR EXTINCIÓN DERECHO

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Que según lo dispuesto en el artículo 8° de la Ley N°18.101, señala, en su numeral 9° que “sólo serán apelables la sentencia definitiva de primera instancia y las resoluciones que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación”, naturaleza jurídica que no reviste la providencia que se impugna por esta vía. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto con fecha nueve de marzo del año en curso ( folio 41), y concedido el día uno de abril, contra la resolución de fecha tres de marzo de los corrientes. A los folios N°3 y N°6, estese a lo resuelto. Devuélvase. N°Civil-6.210-2.022.

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto con fecha nueve de marzo del año en curso ( folio 41), y concedido el día uno de abril, contra la resolución de fecha tres de marzo de los corrientes. A los folios N°3 y N°6, estese a lo resuelto. Devuélvase. N°Civil-6.210-2.022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago. Santiago, veintiséis de mayo de dos mil veintidós.- pam. Al folio N°8, por recibidos los antecedentes desde primera instancia. Vistos y teniendo presente: Que según lo dispuesto en el artículo 8° de la Ley N°18.101, señala, en su numeral 9° que “sólo serán apelables la sentencia definitiva de primera instancia y las resoluciones que pongan término al juicio o hagan imposible su

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