SIN INFORMACION

DE LA ROSA/DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA Y MIGRACIÓN DEL MINISTERIO SUBSECRETARIA DE

Rol

Fecha

24 de mayo de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece Paola Katherine Velasco Asenjo, abogada, interponiendo recurso de protección en favor de don Juan Francisco Javier De La Rosa Reyes, en contra de la omisión arbitraria e ilegal cometida por el Departamento de Extranjería y Migración consistente en el no pronunciamiento respecto de su solicitud de permanencia definitiva y pide se ordene a la recurrida que emita el pronunciamiento como en derecho corresponda y en qué estado de análisis se encuentra. Invoca como antecedentes de hecho que don Juan Francisco Javier De La Rosa Reyes, el 18 de mayo de 2021, presentó junto con el pago de la respectiva multa de un total de $101.020, una solicitud de permanencia definitiva por el sistema informático de la Dirección de Extranjería y Migración, solicitud que rola a folio 22337491, y que hasta la fecha de interposición del recurso no ha tenido una respuesta, infringiendo con ello su garantía de igualdad ante la ley, consagrado en el numeral 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Precisa que el 04 de enero de 2022 la solicitud de visa de permanencia definitiva tenía un avance de 28%, transcurriendo a esa fecha, más de 6 meses desde su ingreso. Señaló que Juan Francisco De La Rosa ha permanecido 3 años en el país, en donde mantiene arraigo laboral y familiar constituida con doña Ximena Cancino Hidalgo con quien desea contraer matrimonio el 11 de julio de 2022, encontrándose la hora reservada en el Servicio de Registro Civil e Identificación. Sostiene que al no resolverse la solicitud se infringe igualmente lo previsto en la Ley N° 19.880 por lo que la omisión deviene en ilegal y que, en razón de establecer distintas categorías de extranjeros, deviene así mismo en arbitraria. Segundo: Que, informando la recurrida, a través de Carolina Fernandoy Catalán, abogada del Departamento de Extranjería y Migración, pidió el rechazo del recurso, en razón de no existir acción u omisión ilegal o arbitraria que prive,

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas citadas, en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se acoge, sin costas, la acción de protección deducida en favor de Juan Francisco Javier De La Rosa Reyes en contra el Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, sólo en cuanto se ordena a este último se pronuncie sobre el estado de ese estudio preliminar de la petición de permanencia definitiva de la recurrente, en un plazo de 30 días de ejecutoriada la presente acción, a fin de dar curso progresivo a la tramitación como en derecho corresponda. Regístrese, comuníquese y en su oportunidad archívese. N°Protección-59-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veinticuatro de mayo de dos mil veintidós. Al escrito folio 10: téngase presente. Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece Paola Katherine Velasco Asenjo, abogada, interponiendo recurso de protección en favor de don Juan Francisco Javier De La Rosa Reyes, en contra de la omisión arbitraria e ilegal cometida por el Departamento de Extranjería y Migración consis

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