PARADA/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
24 de mayo de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece don Gabriel Halpern, abogado, en favor de don Henry Ramón Parada Núñez, de nacionalidad venezolana, interponiendo acción de protección en contra del Departamento de Extranjería y Migración, hoy Servicio Nacional de Migraciones, representado por Álvaro Bellolio Avaria, por haber vulnerado su garantía fundamental contemplada en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, al omitir ilegal y arbitrariamente, pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia definitiva, realizada el 2 de julio de 2020 por el protegido. Alega que ya han pasado casi 2 años de su petición, lo que conculca los principios de celeridad, conclusivo e inexcusabilidad, infringiéndose el artículo 27 de la ley N° 19.880, además de la garantía constitucional precitada. Hace presente que fue notificado el 22 de octubre de 2021 que su solicitud avanzó a la etapa de análisis y luego el 6 de diciembre del mismo año, se encontraría en análisis resolutivo, habiendo pagado los derechos correspondientes, no obstante, a la fecha no contaría con un visado vigente que le permita desarrollar su vida como tiene derecho y al no contar con un documento formal que le permita acreditar su residencia regular en el país, asegura exponerse a escenarios más lesivos, teniendo una sensación de inseguridad, desigualdad e injusticia, pues se encontraría en una situación de desigualdad en relación al resto de los administrados, que no verían dilatados sus procedimientos de igual forma. Por estas razones, solicita que se declare que la recurrida ha incurrido en una omisión arbitraria e ilegal, ordenándole que se pronuncie de inmediato respecto de su solicitud, otorgándola y disponiendo cualquier otra medida que se estime pertinente para restablecer el imperio del derecho, con costas. de un 85%, estando en la etapa de análisis resolutivo, manteniéndose en un estado de indefinición jurídica. Por estas razones, solicita que la recurrida revise nuevamente
Fallo
Por estas razones, solicita que se declare que la recurrida ha incurrido en una omisión arbitraria e ilegal, ordenándole que se pronuncie de inmediato respecto de su solicitud, otorgándola y disponiendo cualquier otra medida que se estime pertinente para restablecer el imperio del derecho, con costas. de un 85%, estando en la etapa de análisis resolutivo, manteniéndose en un estado de indefinición jurídica. Por estas razones, solicita que la recurrida revise nuevamente su solicitud de permanencia definitiva para verificar si se está o no tramitando y en el evento que así sea, se explique la razón de la tardanza en el avance o en caso de haber sido rechazada, se señalen las razones del rechazo. Segundo: Que, evacuando informe por la recurrida, comparece don Julián Salviat Silva, solicitando que la acción de protección sea rechazada en todas sus partes, ya que no se configurarían los presupuestos constitucionales ni legales para su interposición, al no existir acto u omisión de la autoridad que pueda ser calificado de arbitrario o ilegal que atente en contra de alguna de las garantías amparadas por el artículo 20 de la Constitución Política de la República. Refiere que la recurrente, efectivamente, presentó su solicitud en la fecha antedicha, emitiéndose un comprobante que está a disposición del actor a través del portal de trámites digitales, pudiendo ampliar su vigencia y que le permite justificar su residencia regular mientras se tramita su petición. Añade que mediante R
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veinticuatro de mayo de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece don Gabriel Halpern, abogado, en favor de don Henry Ramón Parada Núñez, de nacionalidad venezolana, interponiendo acción de protección en contra del Departamento de Extranjería y Migración, hoy Servicio Nacional de Migraciones, representado por Álvaro Bellolio Avaria, por habe
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