2° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

CASTRO/PROARTE LTDA

Rol

Fecha

31 de mayo de 2022

Materia

NULIDAD DEL DESPIDO

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos: 1° Que el recurso de nulidad interpuesto a folio 127 por la parte demandada, contra la sentencia dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, carece de peticiones concretas que se sometan al conocimiento de esta Corte, incumpliendo lo dispuesto en el inciso final del artículo 480 del Código del Trabajo, desde que la recurrente, señala “Que dentro de plazo y conforme a lo dispuesto en los artículos 477 y siguientes del Código del Trabajo, vengo en deducir recurso de nulidad en contra de la sentencia de fecha 2 de mayo de 2022, pronunciada por doña Marcela Solar Catalán, Jueza titular de este Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, por la causal del artículo 478 letra e) en relación con el artículo 459 numeral 3) y 6), ambos del Código del Trabajo. Solicito, en consecuencia, que este recurso de nulidad se declare admisible y se ordene remitir los antecedentes para ante la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, con la finalidad que lo conozca, y, en definitiva, lo acoja, anulando la sentencia recurrida, y acto continuo dicte la sentencia de reemplazo correspondiente, con arreglo a la ley”. Finalmente, en el petitorio solicita “SÍRVASE SS. tener por interpuesto dentro del plazo legal, recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva de fecha 2 de mayo de 2022, pronunciada por doña Marcela Solar Catalán, Jueza titular de este Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, por la causal del artículo 478 letra e) en relación con el artículo 459 numeral 3) y 6), ambos del Código del Trabajo, solicitando sea declarado admisible y se ordene remitir los antecedentes para ante la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, con la finalidad que lo conozca, y, en definitiva, lo acoja, anulando la sentencia recurrida, y acto continuo dicte la sentencia de reemplazo correspondiente, con arreglo a la ley”, sin expresar qué debiera resolver la “sentencia de reemplazo con arreglo a la ley”. 2° Que, de lo recién transcrito flu

Fallo

Por estas consideraciones y en conformidad, asimismo, con lo que disponen los artículos 474, 477, 478, 479, 480 y 481 del Código del Trabajo, se declara inadmisible el recurso de nulidad interpuesto. A los folios Nos 2 y 3; a todo: Estese a lo resuelto precedentemente. Regístrese y comuníquese. N°Laboral-Cobranza-1466-2022.

Texto Completo (Preview)

mplb C.A. de Santiago Santiago, treinta y uno de mayo de dos mil veintidós. Vistos: 1° Que el recurso de nulidad interpuesto a folio 127 por la parte demandada, contra la sentencia dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, carece de peticiones concretas que se sometan al conocimiento de esta Corte, incumpliendo lo dispuesto en el inciso final del artículo 480 del Código del

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