SIN INFORMACION

SIMON ALEXIS HERNANDEZ RAMIREZ/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

24 de mayo de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece la abogada Jenniffer Isla Pizarro, quien deduce recurso de amparo en favor de Simón Alexis Hernández Ramírez, cédula nacional de identidad Nº 16.604.812-5, actualmente interno en el Centro de Detención Preventiva Puente Alto en contra de la Comisión de Libertad Condicional, que rechazó el beneficio de libertad condicional de su representado. Explica que su defendido se encuentra cumpliendo una pena de 61 días como autor del delito amenazas a Carabineros en el ejercicio de sus funciones, una pena de 41 días como autor del delito robo en lugar no habitado y una pena de 5 años y un día como autor del delito robo con intimidación. Comenzó a cumplir la condena el 16 de noviembre de 2018, estimándose el término de la misma el 10 de abril de 2023, de forma tal que cumplió el tiempo mínimo el 5 de julio de 2021. Agrega que la conducta del interno referida a los últimos siete bimestres ha sido calificada como muy buena y que pese a cumplir con todos los requisitos para obtener el beneficio solicitado, éste le fue denegado ilegal y arbitrariamente. Sostiene que el informe de Gendarmería de Chile no toma en consideración los elementos positivos que acreditan un avance en el proceso de reinserción social de su representado. En efecto, es parte de Programa de Personas Privadas de Libertad desde octubre del año 2021, tiene experiencia laboral como peoneta y oficio de desabolladura y pintura en el taller automotriz de su padre y desde aquella fecha se ha incorporado a las áreas de aseo y mantención, mostrándose responsable hacia el trabajo. Se encuentra cursando en la actualidad el 2do nivel de enseñanza media y participó en el mes de febrero del taller de Razonamiento Crítico. Indica que su red de apoyo no está vinculada al área criminal y que en caso de otorgársele el beneficio, viviría en el departamento de su pareja, quien se dedica al comercio ambulante, vendiendo artículos de aseo, ropa de temporada y verduras. Solicita

Fallo

por lo expuesto, no se vislumbra la efectividad de la ilegalidad que se postula en el recurso en el proceder de la recurrida, capaz de afectar, con respecto a la persona a favor de quien se recurre, el derecho a la libertad personal y seguridad individual reconocido en el art culo 19 N 7 de la Constitución Política de la República, toda vez que la resolución que se pronunció sobre su solicitud de libertad condicional fue dictada por autoridad competente, en el ejercicio de las funciones encomendadas por la ley, y con el suficiente mérito para ello, encontrándose debidamente fundamentada, por lo que el presente arbitrio no puede prosperar. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo interpuesto a favor de Simón Alexis Hernández Ramírez en contra de la Comisión de Libertad Condicional. Regístrese, notifíquese y archívese si no se apelare. N°Amparo-328-2022.

Texto Completo (Preview)

Certifico: Que se anunció, escuchó relación y alegó por el recurso la abogada doña Jenniffer Isla Pizarro, asimismo se deja constancia que la audiencia inició a las 09:35 horas y terminó a las 09:45 horas. San Miguel, 24 de mayo de 2022. Camila Galle Aravena. Relatora. San Miguel, veinticuatro de mayo de dos mil veintidós. Al folio 42.580: Téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Q

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