SIN INFORMACION

GUERRA/BELLOLIO

Rol

Fecha

24 de mayo de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto y teniendo presente: 1.- Comparece Yris Guerra Villegas, ciudadana venezolana, quien deduce recurso de Protección en contra del Servicio Nacional de Migración, por la omisión, que estima arbitraria, en que ha incurrido esta última por falta de pronunciamiento respecto de su solicitud de permanencia definitiva presentada el 20 de Noviembre de 2019, lo que estima conculca su el derecho constitucional que le asiste, del artículo 19 N° 7, de la Carta Fundamental. Refiere que ingresó legalmente al país en el año 2017, obteniendo su primera visa temporaria el 15 de febrero de 2018, por 365 días, y en 2019, se estampó una prórroga en su pasaporte por igual duración. Que, luego, cumpliendo con el Reglamento de Migraciones, solicito el 20 de noviembre de 2019, por portal web del Departamento de Extranjería y Migración, su permanencia definitiva, sin que hasta la fecha se le haya ordenado agregar nuevos antecedentes, encontrándose la solicitud en estado de “análisis resolutivo”, con lo cual entiende que ha cumplido con la consignación de los requisitos necesarios para obtener el Certificado de Permanencia Definitiva. Agrega que durante los últimos 6 meses la solicitud se encuentra estancada sin poder obtener el certificado respectivo ni obtener alguna respuesta de la misma; al intentar que se emita el respectivo documento, sistema dice “no se encuentra disponible”. Menciona al efecto que pagó dentro del periodo válido los derechos relativos a la solicitud ante Tesorería General de la República, cumpliendo así con todos los presupuestos del trámite en cuestión desde hace más de 867 días. Pide se acoja el recurso, ordenando a la recurrida se pronuncie sobre la solicitud con un acto final, adoptando las medidas necesarias para restablecer el imperio del derecho. 2.- Informa, Gabriel Silva-Rioseco Silva, abogado del Servicio Nacional de Migraciones, instando por el rechazo de la acción constitucional de protección por haber perdido oportunidad y eficacia, al haberse c

Fundamentos

fundamentos de la presente acción cautelar, de manera que no existen medidas que esta Corte pueda adoptar, apareciendo entonces que la presente acción ha perdido oportunidad.

Fallo

Por estas consideraciones, y de conformidad, asimismo, con lo que disponen el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema de Justicia, sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, Se resuelve. Que se RECHAZA, sin costas, el recurso de protección deducido en lo principal de la presentación de fecha veinticinco de marzo de dos mil veintidós, por doña Yris Guerra Villegas, en contra del Servicio Nacional de Migración. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Protección-233-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valdivia Valdivia, veinticuatro de mayo de dos mil veintidós. Visto y teniendo presente: 1.- Comparece Yris Guerra Villegas, ciudadana venezolana, quien deduce recurso de Protección en contra del Servicio Nacional de Migración, por la omisión, que estima arbitraria, en que ha incurrido esta última por falta de pronunciamiento respecto de su solicitud de permanencia definitiva presentada e

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