AGUILERA/ISAPRE CONSALUD S.A.
Rol
Fecha
23 de mayo de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
DE FALLO
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de autos y lo ordenado a Folio 13, el documento acompañado por la recurrida que da cuenta que el domicilio de la recurrente se encuentra ubicado en la ciudad de Iquique, Región de Tarapacá, y el de la recurrida en la ciudad de Santiago; que, en el territorio jurisdiccional de esta Corte, no se ha verificado ni la comisión del acto u omisión reclamada, ni la producción de sus efectos, por lo que este Tribunal de Alzada carece de competencia para conocer de esta acción de protección; y, conforme lo dispuesto en el N° 1 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, y sus modificaciones, se declara que éste Tribunal es INCOMPETENTE para conocer del presente recurso de protección, debiendo ocurrir ante quien corresponda. Archívese. Rol N° 256-2022 (Protección).
Fallo
se resuelve: Por cumplido lo ordenado y téngase por acompañado el documento. VISTOS: Atendido el mérito de autos y lo ordenado a Folio 13, el documento acompañado por la recurrida que da cuenta que el domicilio de la recurrente se encuentra ubicado en la ciudad de Iquique, Región de Tarapacá, y el de la recurrida en la ciudad de Santiago; que, en el territorio jurisdiccional de esta Corte, no se ha verificado ni la comisión del acto u omisión reclamada, ni la producción de sus efectos, por lo que este Tribunal de Alzada carece de competencia para conocer de esta acción de protección; y, conforme lo dispuesto en el N° 1 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, y sus modificaciones, se declara que éste Tribunal es INCOMPETENTE para conocer del presente recurso de protección, debiendo ocurrir ante quien corresponda. Archívese. Rol N° 256-2022 (Protección).
Texto Completo (Preview)
Coyhaique, a veintitrés de mayo de dos mil veintidós. Con la cuenta de la señora Relator, proveyendo la presentación que antecede, se resuelve: Por cumplido lo ordenado y téngase por acompañado el documento. VISTOS: Atendido el mérito de autos y lo ordenado a Folio 13, el documento acompañado por la recurrida que da cuenta que el domicilio de la recurrente se encuentra ubicado en la ciudad de Iq
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