EMPRESA CONSTRUCTORA MOLLER Y PÉREZ COTAPOS S.A./SERVICIO SALUD ARAUCANÍA SUR
Rol
Fecha
23 de mayo de 2022
Materia
CONTRATO, CUMPLIMIENTO DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y constando en estos autos que la recurrente Servicio de Salud Araucanía Sur es continuador legal del Servicio Nacional de Salud, gozando en consecuencia del privilegio de pobreza conforme lo dispone el artículo 81 inciso segundo de la ley 10.383, en relación con lo dispuesto en el artículo 16 del D.L. 2763, y no apareciendo de los antecedentes que conforme lo dispuesto en el artículo 600 del Código Orgánico de Tribunales, se haya establecido por resolución fundada que la incidentista ha obrado como litigante malicioso o temerario, SE REVOCA en lo apelado la resolución apelada de fecha diecisiete de febrero de dos mil veintidós, resolviéndose en su lugar que se le exime del pago de las mismas, por gozar la recurrente de privilegio de pobreza. Devuélvase. N°Civil-539-2022. (sac)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, veintitrés de mayo de dos mil veintidós. A la presentación del abogado Mauricio Araneda Bunting, folio 11: A lo principal y otrosí: téngase presente. A la presentación del abogado Diego Bertholet Soto, folio 12: A lo principal y otrosí: téngase presente. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y constando en estos autos que la recurrente Servicio de Salud Araucanía
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