CARTER DOMINGUEZ LUIS/13° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO - GENDARMERÍA DE CHILE
Rol
Fecha
23 de mayo de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece don Davis Enrique Torres Pinto, abogado, quien interpone recurso de protección en favor de Luis Andrés Carter Domínguez, actualmente privado de libertad en el CDP Santiago Sur, y en contra del Alcaide de dicho Centro, por el acto que considera ilegal y arbitrario consistente en retardar el envío de informe de pena mixta requerido por el Juzgado de Garantía, vulnerando de este modo la garantía de libertad personal que la Constitución Política de la República le asegura. Funda el recurso expresando que el amparado cumple condena de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, por el delito de robo con intimidación, impuesta con fecha 25 de noviembre del año 2019, por hechos acaecidos el día 24 de junio del año 2019. Ha estado privado de libertad de forma ininterrumpida desde el 24 de junio del año 2019, desde la audiencia de control de detención celebrada ante 13° Juzgado de Garantía de Santiago, en causa RIT N° 3085-2019. Añade que durante toda su vida intrapenitenciaria el amparado ha mantenido conducta muy buena. Señala que, al tiempo del recurso, ha cumplido el tiempo mínimo para acceder a la pena mixta, institución consagrada en el artículo 33 de la ley 18.216, solicitando la defensa oportunamente se oficiara al alcaide del CDP Santiago Sur, a objeto de la confección del informe psicosocial que se exige por el legislador para evaluar la posibilidad de acceder a la interrupción de la pena privativa de libertad, accediendo el tribunal a dicha petición. Agrega que, a pesar de las insistencias reiteradas, el alcaide del CDP Santiago Sur, por un actuar Ilegal y/o arbitrario, no ha remitido al tribunal el mencionado informe, elemento esencial para recuperar el amparado su libertad mediante la concesión de la pena mixta, habiendo transcurrido 425 días de exceso del tiempo mínimo para acceder a dicha pena mixta. En tal sentido, refiere que la defensa del amparado ha solicitado en dos oportunidades inform
Fallo
Por estas consideraciones, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre la materia, se declara: Que SE RECHAZA el recurso de amparo deducido en favor de Luis Andrés Carter Domínguez, en contra de Gendarmería de Chile, por haber perdido oportunidad. Regístrese y archívese. N°Amparo-1482-2022. En Santiago, veintitrés de mayo de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintitrés de mayo de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece don Davis Enrique Torres Pinto, abogado, quien interpone recurso de protección en favor de Luis Andrés Carter Domínguez, actualmente privado de libertad en el CDP Santiago Sur, y en contra del Alcaide de dicho Centro, por el acto que considera ilegal y arbitrario consistente en
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