SIN INFORMACION

GARCIA/MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PU´BLICA DE CHILE

Rol

Fecha

23 de mayo de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: Con fecha 26 de enero del año en curso comparecen Pablo Daniel Peñaloza Parra y Joaquín Andrés Contreras Roa, abogados, en favor de Yeney García Negrin, de nacionalidad cubana, cedula de identidad para extranjeros N°26.319.534-5, domiciliada para estos efectos en calle Calderón N°340, de la comuna de Rancagua, quienes interponen recurso de protección en contra del Departamento de Extranjería y Migración dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de Chile, representado por don Álvaro Bellolio Avaria, Ingeniero Civil Industrial, con domicilio en Matucana N°1223, Santiago. Fundan su recurso, en el hecho de haber ingresado la recurrente a nuestro país con el propósito de establecerse y desarrollar su proyecto de vida en Chile, añadiendo que con dicho afán es que la actora decidió durante el año 2018 regularizarse, sin embargo, a la fecha de presentación de la acción de marras, el recurrido no se ha pronunciado sobre la solicitud de la actora, situación que ha determinado que ésta viva en permanente incertidumbre sobre su condición migratoria y sus reales posibilidades de concretar su proyecto de vida en este país. Consideran que las garantías y derechos constitucionales de la recurrente que resultan afectados, lo han sido por la omisión arbitraria e ilegal de parte de la recurrida, constituida por el excesivo tiempo de tramitación para dar respuesta a la solicitud de regularización migratoria, vulnerando de esta manera, lo preceptuado en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República. Solicitan que se acoja el recurso y se ordene a la recurrida que se pronuncie sobre la solicitud de la recurrente, adoptando las providencias que sean necesarias para establecer el imperio del derecho. Con fecha 3 de marzo del año en curso, en folio N°7, comparece el abogado Mauricio Antonio Toledo Abarca, evacuando el informe solicitado, quien pide el rechazo de la presente acción constitucional de protección, por no existir acción u omisión il

Fundamentos

CONSIDERANDO: 1° Que, el recurso de protección establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, constituye una acción de naturaleza cautelar, destinada a amparar el legítimo ejercicio de las garantías constitucionales que esa misma disposición enumera, mediante la adopción de medidas de resguardo que se deben tomar ante un acto u omisión arbitrario o ilegal que impida, dificulte o perturbe ese ejercicio. 2° Que, mediante el presente recurso se reprocha la excesiva dilación del procedimiento administrativo de la solicitud de regularización iniciada por la actora con fecha 24 de abril del año 2018, por cuanto hasta la fecha de interposición del recurso tal solicitud no ha sido resuelta por la autoridad administrativa. 3° Que, la recurrida al evacuar el informe solicitado, dio cuenta que la solicitud de la actora fue resuelta con fecha 22 de marzo 2019, mediante la Resolución Exenta N°77490, concediendo la visación solicitada por la actora. 4° Que, de lo anterior, es posible concluir que el acto objeto de reproche no existe, pues la medida reparatoria que se perseguía mediante la interposición de la presente acción, esto es, que la recurrida resolviera la solicitud de regularización migratoria impetrada por la recurrente ya ha sido cumplida, al haberse emitido pronunciamiento respecto de la misma mediante la Resolución Exenta N°77490 de 22 de marzo del año 2019, no materializándose la misma por no haber acompañado la recurrente los otros antecedentes indicados por la recurrida, de modo tal que siendo aquel pronunciamiento el único punto materia de la presente acción de protección, se rechazará el recurso como se dirá en lo resolutivo.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Yeney García Negrin y en contra del Departamento de Extranjería y Migración. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol Ingreso Corte 161-2022 Protección.

Texto Completo (Preview)

Rancagua, veintitrés de mayo de dos mil veintidós. Vistos: Con fecha 26 de enero del año en curso comparecen Pablo Daniel Peñaloza Parra y Joaquín Andrés Contreras Roa, abogados, en favor de Yeney García Negrin, de nacionalidad cubana, cedula de identidad para extranjeros N°26.319.534-5, domiciliada para estos efectos en calle Calderón N°340, de la comuna de Rancagua, quienes interponen recurso d

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