SIN INFORMACION

ALEX FRANCISCO BRAVO VERDEJO / GENDARMERÍA DE CHILE

Rol

Fecha

23 de mayo de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos: A folio 1, comparece Sonia Verdejo Barría, quien recurre de amparo en favor de su hijo Alex Francisco Bravo Verdejo, en contra del Complejo Penitenciario de Valparaíso. Indica, brevemente, que su hijo habitaba el módulo 102 y que el día 13 de mayo en curso habría sido cambiado de módulo, teniendo problemas con otros internos que atentan contra su vida, solicita sea devuelto al módulo 102. A folio 6, informa el Complejo Penitenciario de Valparaíso, indicando que el día 15 de mayo en curso se realizó un registro y allanamiento en el módulo 102, siendo incautada en la celda 36, que el amparado habitaba junto a otro interno un total de 6 envoltorios de cannabis sativa y pasta base de cocaína, siendo el amparado trasladado a celda de aislamiento solitaria por 24 horas, para luego ser reclasificado a otra dependencia, negándose a ingresar a otros módulos. Que atendido el mérito de autos, se trajeron estos en relación. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Que, el recurso de amparo es un proceso de tutela urgente del derecho fundamental a la libertad personal y seguridad individual, establecido en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República, que es procedente en aquellos casos en que una persona fuere arrestada, detenida o presa con infracción a la Constitución o a las leyes o sufra cualquier otra privación, perturbación o amenaza al derecho fundamental antes aludido, fuera de los casos en que el ordenamiento jurídico lo permite. Segundo: Que, según lo informado por Gendarmería de Chile, el amparado se encontraba ingresado en el módulo N° 102 del Complejo Penitenciario de Valparaíso y que producto de una diligencia de registro y allanamiento fue trasladado a celda de aislamiento por 24 horas, señalando que el amparado, luego de ello, se habría negado a ingresar a otros módulos, refiriendo que habría recibido amenazas de parte de otros internos. Tercero: Que atendido el mérito de los antecedentes que obran en autos, considerando que no se vislumbran razones suficientes para disponer el cambio de módulo del amparado y, habiéndose además denunciado que el amparado habría sido amenazado por internos de otros módulos, sin que Gendarmería informara haber adoptado medidas para resguardar su integridad, se acogerá el recurso interpuesto como se dirá en lo resolutivo.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge el recurso de amparo interpuesto en favor de Alex Francisco Bravo Verdejo, en contra del Complejo Penitenciario de Valparaíso, debiendo la institución recurrida mantener al amparado ingresado en el módulo N°102 de dicho centro penal y debiendo adoptar todas las medidas que resulten necesarias para asegurar el debido resguardo de su integridad física. Regístrese, comuníquese por la vía más expedita, y archívese en su oportunidad. N°Amparo-1178-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintitrés de mayo de dos mil veintidós. Vistos: A folio 1, comparece Sonia Verdejo Barría, quien recurre de amparo en favor de su hijo Alex Francisco Bravo Verdejo, en contra del Complejo Penitenciario de Valparaíso. Indica, brevemente, que su hijo habitaba el módulo 102 y que el día 13 de mayo en curso habría sido cambiado de módulo, teniendo problemas con otros in

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