ÁVILA / COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL DE LA REGIÓN DE VALPARAÍSO
Rol
Fecha
23 de mayo de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: Que, comparece la Defensa Penal Penitenciaria, por el amparado Felipe Andrés Ávila Páez, quien se encuentra actualmente cumpliendo pena privativa de libertad, recurre de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la I. Corte de Apelaciones de Valparaíso correspondiente al primer semestre de 2022. Indica que, cumple una pena de 15 años por tres robos con violencia e intimidación desde el 19 de abril de 2011, hasta el 19 de abril de 2026, sin perjuicio de haber sido beneficiado con 9 meses de reducción de condena su nueva data de cumplimiento es el 19 de julio de 2025; su tiempo mínimo para acceder a la libertad condicional corresponde al 19 de abril de 2021. Su calificación de conducta no ha variado, manteniéndose en MUY BUENA, los últimos 4 bimestres. Así cumpliendo los requisitos legales y reglamentarios del DL 321, de 1925, es postulado por Gendarmería de Chile a la Libertad Condicional. Pese a lo expuesto la Comisión rechaza su solicitud fundada en el contenido del informe de postulación psicosocial elaborado por Gendarmería de Chile, individualizando aspectos que sustentan su decisión. Sostiene que la resolución de la Comisión ha exigido requisitos que exceden aquellos fijados por el DL. 321, por lo que en definitiva no se basta en sí misma. En ese orden de ideas, solicita se declare la ilegalidad de la resolución recurrida, la que ha afectado su garantía constitucional contemplada en el artículo 19 N° 7 de la Constitución Política de la Republica, y se ordene la inmediata libertad del amparado conforme a derecho. Que, evacúa informe el Presidente de la Comisión de Libertad condicional, Ministro Sr. Alejandro García Silva, quien confirma la resolución recurrida en cuanto al rechazo, fundado especialmente en el contenido del informe, el que no resulta favorable al efecto. Que, informa Gendarmería de Chile, confirmando los antecedentes fácticos ya expuestos y adjuntando los documentos pertinentes. Que, atendido el mérito de autos, se
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de amparo interpuesto en favor de amparado Felipe Andrés Ávila Páez, en contra de la Comisión de Libertad Condicional. Regístrese, notifíquese, comuníquese y ejecutoriada, archívese. N°Amparo-1169-2022. En Valparaíso, veintitrés de mayo de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
edp C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintitrés de mayo de dos mil veintidós. Vistos: Que, comparece la Defensa Penal Penitenciaria, por el amparado Felipe Andrés Ávila Páez, quien se encuentra actualmente cumpliendo pena privativa de libertad, recurre de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la I. Corte de Apelaciones de Valparaíso correspondiente al primer semestre de 2022.
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