MORALES / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
23 de mayo de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos: A folio 1, se interpone recurso de protección en favor de Andrea Estefanía Morales, de nacionalidad venezolana, en contra del Departamento de Extranjería y Migración, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia definitiva, presentada por la recurrente en el año 2020. Indica que, habiendo transcurrido más de dos años desde el ingreso de la solicitud, no ha tenido respuesta a su petición, señalando que esta omisión en el pronunciamiento infringe la garantía constitucional consagrada en el artículo 19 numeral 2 de la Constitución, junto con afectar el principio de celeridad de los órganos de la administración del estado previsto en los artículos 4, 7, 8, 14 y 27 de la Ley N°19.880, solicitando que la recurrida se pronuncie sobre la solicitud de que se trata, con costas. Acompaña documentación a su recurso. A folio 9, rola informe del Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo del recurso, señalando las diligencias realizadas por la actora con motivo de su solicitud de permanencia definitiva, la que se encuentra desde el día 24 de noviembre 2021, en etapa de análisis resolutorio, de modo que estando en tramitación la solicitud de la extranjera se deriva que mantiene situación migratoria regular en el territorio nacional, por ello entiende que no existe actualmente un acto que genere vulneración, perturbación o amenaza al legítimo ejercicio de los derechos consagrados en el artículo 20 de la Constitución Política de la República. En cuanto al tiempo de tramitación, indica que según lo señalado por el artículo 27 de la Ley 19.880, el plazo del procedimiento administrativo podrá ser mayor a seis meses cuando exista caso fortuito o fuerza mayor, entendiéndose como tal, una pandemia de carácter mundial y el estado de alerta sanitaria en el cual se encuentra nuestro país. A folio 10, se trajeron los autos en relación. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: Primero: Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando este ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales que amenazan, perturban o privan del ejercicio legítimo de alguna de las garantías taxativamente numeradas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, dejando a salvo las demás acciones legales. Segundo: Que, el asunto por el cual se solicita la adopción de medidas que restablezcan el imperio del derecho dice relación con la eventual omisión arbitraria o ilegal por parte de la recurrida, en orden a pronunciarse respecto de la solicitud de permanencia definitiva que la recurrente presentó ante el Departamento de Extranjería, alegando que la recurrida ha demorado más de dos años en resolver su presentación, actuando en contravención al principio de celeridad establecido en la Ley 19.880. Tercero: Que, considerando la extensa dilación que ha experimentado la tramitación de la solicitud –si se considera su fecha de inicio-, lo que permite concluir que la autoridad administrativa ha infringido los artículos 7 y 27 de la Ley N°19.880 y, como consecuencia de aquello, lo dispuesto en la garantía constitucional del artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, al realizarse por un órgano de la Administración del Estado, una discriminación arbitraria e ilegal en la tramitación de la visa de permanencia definitiva requerida por la actora, en relación con otros interesados que actualmente se encuentran en la misma situación, razones por las cuales se acogerá la presente acción.
Fallo
Por estas consideraciones y lo establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se acoge el recurso de protección interpuesto en favor de Andrea Estefanía Morales, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, ordenado que, dentro del plazo de 30 días hábiles, la recurrida deberá pronunciarse respecto de la solicitud ingresada por la recurrente. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-12907-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintitrés de mayo de dos mil veintidós. Vistos: A folio 1, se interpone recurso de protección en favor de Andrea Estefanía Morales, de nacionalidad venezolana, en contra del Departamento de Extranjería y Migración, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia definitiva, presentada por la recurrente en el año 2020. Indi
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