ESPINOZA SANDOVAL JUAN GUILLERMO/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
20 de mayo de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que comparece doña Karin Godoy Adasme, abogada en favor de Juan Guillermo Espinoza Sandoval e interpone recurso de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional y en contra de Gendarmería de Chile por la revocación del beneficio de libertad condicional. Señala que, por resolución del 21 de septiembre de 2021 le fue revocado el beneficio de la libertad condicional que le había sido concedido el 6 de junio de 2017. Respecto al motivo de la revocación, indica que Gendarmería dio cuenta a la Comisión de la inasistencia del amparado a los controles correspondiente a la semana del 02 al 06 de agosto y del 09 al 30 de agosto de 2021 “incumpliendo con ello la supervisión administrativa a las que se encuentra sujeto de acuerdo a lo previsto en el artículo transitorio letra a) del Decreto No. 338”. Conforme a lo anterior, la Comisión resolvió: “queda de manifiesto que el liberto incurre en la causal de revocación contemplada en el artículo 30 en relación al artículo transitorio letra b) del Decreto Nro. 338, antecedente que resulta suficiente para dejar sin efecto la prerrogativa de que se trata”. Reclama que la decisión resulta ilegal y arbitraria puesto que la ausencia a los controles se encuentra justificada, toda vez que, esto se debió a la indicación de reposo total que le indicó el médico a causa de su diagnóstico de lumbociática, lumbago crónico y hernia del núcleo pulposo lumbar. Agrega que, la resolución impugnada comete una precisión en las fechas puesto que, señala que el amparado no habría concurrido a sus controles las semanas del 02 al 06 de agosto (1° control), del 09 de agosto al 13 de agosto ( 2° control), hasta el 30 de agosto, todas del año 2021, pero indica que una vez recuperado parcialmente y a pesar de la prescripción médica de reposo total, el señor Espinoza concurrió al CAIS STGO, los días 27 de agosto de 2021 y 3 de septiembre de 2021, donde firmó el registro dando cumplimiento al control administrati
Fundamentos
motivos que tuvo a la vista la Comisión de Libertad Condicional para revocar el beneficio, lo que amerita acoger la presente acción cautelar.
Fallo
Por estas consideraciones y atendido, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia se acoge la acción constitucional de amparo interpuesta por la abogada doña Karin Godoy Adasme, en favor de Juan Guillermo Espinoza Sandoval dirigido contra la Comisión de Libertad Condicional y en contra de Gendarmería de Chile, y se deja sin efecto la resolución de 21 de septiembre de 2021 de .la Comisión de Libertad Condicional, que revocó el beneficio de que hacía uso el amparado y se dispone que se reanude la libertad condicional concedida al condenado Juan Guillermo Espinoza Sandoval por resolución de fecha 06 de julio de 2017. Regístrese, comuníquese por la vía más rápida y archívese en su oportunidad. N°Amparo-1557-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veinte de mayo de dos mil veintidós. Al folio 6: téngase presente. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que comparece doña Karin Godoy Adasme, abogada en favor de Juan Guillermo Espinoza Sandoval e interpone recurso de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional y en contra de Gendarmería de Chile por la revocación del beneficio de libertad condicional. Señal
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