JORGE ANDRÉS TAPIA MORALES / JUZGADO DE GARANTÍA DE VIÑA DEL MAR
Rol
Fecha
20 de mayo de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto Que, se recurre de amparo en favor de Jorge Andrés Tapia Morales, en contra del Juzgado de Garantía de Viña del Mar por la dictación de su resolución de 30 de abril de 2018, mediante la cual rechaza la petición de la defensa en torno a unificar las penas que cumple el amparado. Expone que el amparado cumple las siguientes condenas, en lo que importa a la petición: - Causa RIT 173-2017, RUC 1600535195-6 del Tribunal Oral en lo Penal de Viña del Mar. Sentencia de 03 de julio de 2017. Hechos ocurridos el 04 de julio de 2016, calificados como robo con intimidación y violencia, asignando condena de 5 años y un día de presidio mayor en su grado mínimo. Sin circunstancias modificatorias. - Causa RIT 113-2017, RUC 1600199576-K del Tribunal Oral en lo Penal de Valparaíso. Sentencia de 12 de julio de 2017. Hechos ocurridos el 04 de mayo y 04 de junio de 2016, calificados como hurto simple; y robo con intimidación y violencia, respectivamente, asignando condena de 541 días de presidio menor en su grado medio; y 5 años y un día de presidio mayor en su grado mínimo. Sin circunstancias modificatorias. - Causa RIT 4633-2016, RUC 1600454982-5 del Juzgado de Garantía de Viña del Mar. Sentencia de 30 de octubre de 2017. Hechos ocurridos el 30 de abril, 4 y 11 de mayo, 8 de junio, todos de 2016, calificados como hurto simple, asignando condena de 541 días de presidio menor en grado medio. Se concede atenuante del artículo 11 N°9 del Código Penal. En relación a dichas penas, la defensa plantea su solicitud de unificación. El Tribunal, en audiencia citada al efecto desecha la solicitud
Fundamentos
Considerando que la resolución resulta ilegal, solicita por esta vía de amparo, se acceda a su solicitud y en definitiva se modifique la sentencia, unificando las penas. Que evacuaron informe los Tribunales de Juicio Oral de Viña del Mar y Valparaiso, adjuntando sus respectivas sentencias, corroborando los antecedentes expuestos en el recurso. Que evacua informe el Juzgado de Garantía de Viña del Mar, quien confirmó los antecedentes procesales indicados por el recurrente y acompañó copia del acta como del registro de la audiencia respectiva. Que atendido el mérito de autos, se trajeron estos en relación. Con lo relacionado y considerando: Primero: Que, del mérito de los antecedentes, se desprende que el presente recurso tiene su fundamento en la limitación a la libertad individual que afectaría al condenado producto de la resolución del Juzgado de Garantía de Viña del Mar al negarse a unificar las penas de la amparada. Segundo: Que los hechos expuestos por el recurrente han sido corroborados por los informes evacuados, por lo que se tienen por acreditados y sobre su base razonará esta Corte. Tercero: Que en relación al contenido de la resolución, de los antecedentes expuestos en el informe de Juzgado de Garantía de viña del Mar fluye que la resolución invocada no fue impugnada, en su oportunidad, mediante recurso de apelación, medio procesal idóneo para atacar lo resuelto. Adicionalmente la pena probable al unificar se ubica al menos en el rango de presidio mayor en su grado medio, mismo rango en que se sitúa actualmente la sumatoria de condenas, por lo que, de acceder al procedimiento de unificación, la pena no resultaría más beneficiosa para los intereses del amparado.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y auto acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza la acción constitucional de amparo deducida. Acordada con el voto en contra del Ministro Sr. Martínez, quien atendida la naturaleza de los delitos y fecha de su comisión y por carecer de fundamentos la resolución que se pronunció sobre la solicitud del amparado, fue del parecer de acoger el recurso para el sólo objeto de que el Juzgado de Garantía de Viña del Mar se pronuncie en relación al asunto debatido, toda vez que la omisión a la que se ha hecho referencia torna la resolución en ilegal. Regístrese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. N°Amparo-1172-2022.
Texto Completo (Preview)
I.C.A. de Valparaíso Valparaíso, veinte de mayo de dos mil veintidós. Visto Que, se recurre de amparo en favor de Jorge Andrés Tapia Morales, en contra del Juzgado de Garantía de Viña del Mar por la dictación de su resolución de 30 de abril de 2018, mediante la cual rechaza la petición de la defensa en torno a unificar las penas que cumple el amparado. Expone que el amparado cumple las siguientes
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