GÓMEZ/CORP MUNICIP ANCUD PARA LA EDUCAC SALUD
Rol
C-6-2020
Fecha
10 de junio de 2020
Materia
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Con fecha 24 de abril de 2020, se di a inicio la presente causa de cumplimiento laboral, por el no pago de los montos ordenados pagar, por sentencia ejecutoriada dictada en causa laboral Rit O-14-2018 de fecha 21 de julio de 2018, en favor de Cristian José Gómez Barrientos, profesor, con domicilio en calle Villa Fuerte Real N°55 de Ancud y en contra de la CORPORACIÓN MUNICIPAL DE ANCUD, PARA LA EDUCACIÓN, SALUD Y ATENCIÓN DEL MENOR, persona de derecho privado del giro de su denominación, representada por el alcalde don CARLOS HERIBERTO GOMEZ MIRANDA, desconocida profesión, domiciliados ambos en calle Yerbas Buenas N° 915 de la ciudad de Ancud. SEGUNDO: Que practicada la liquidación y efectuado el requerimiento al deudor, este opuso la excepción de pago, indicando que esta forma de extinguir las obligaciones se hizo mediante la consignación realizada el día 29 de mayo de 2020 en la cuenta corriente del Tribunal. TERCERO: Que a folio 7, dentro del plazo legal, el demandante se allana a las alegaciones del demandado. CUARTO: Que, sin perjuicio del allanamiento, el pago encuentra suficiente sustento en el documento denominado boleta de depósito N° 5000619662, que da cuenta el pago por la suma de $ 5.567.396, monto que se condice con aquel consignado en la liquidación practicada. QUINTO: Por último, el demandante no será condenado en costas por su allanamiento expreso.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en las normas legales ya citadas y artículos 463, 464, 466, 469 y 470 del Código del Trabajo se resuelve: SE ACOGE, sin costas, la excepción de pago total opuesta por la ejecutada. EEXQPSPJPX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl Notifíquese a las partes por correo electrónico, sin perjuicio de su notificación por estado diario. Regístrese y oportunamente archívese. RIT: C-6-2020 RUC: 18-4-0091472-5 Proveyó doña ISABEL ELENA VELASQUEZ ROJAS, Juez Titular del Juzgado de Letras de Ancud. Ancud, diez de junio de dos mil veinte, se notificó por el estado diario, la resolución precedente.ivr xgo 2020-06-10T08:33:15-0400
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Ancud, diez de junio de dos mil veinte. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Con fecha 24 de abril de 2020, se di a inicio la presente causa de cumplimiento laboral, por el no pago de los montos ordenados pagar, por sentencia ejecutoriada dictada en causa laboral Rit O-14-2018 de fecha 21 de julio de 2018, en favor de Cristian José Gómez Barrientos, profesor, con domicilio en calle Villa Fuerte Real N
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