MARCELO JAVIER ORTEGA MORAGA/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL (1° SEMESTRE 2022)
Rol
Fecha
19 de mayo de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1°) Que, se interpuso acción constitucional de amparo en favor de MARCELO JAVIER ORTEGA MORAGA, cédula de identidad N° 15.890.783-6, actualmente privado de libertad en el Complejo Penitenciario de La Serena, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por estimar como ilegal y arbitrario el acto consistente en denegar el otorgamiento del beneficio de libertad condicional a su representado. Sostiene que la decisión adoptada por la Comisión de Libertad Condicional, a través de resolución de abril de 2022, afecta directamente su libertad personal, ya que extiende de manera ilegal y arbitraria la privación de libertad, vulnerando el artículo 19 Nº7 de la Carta Fundamental. Explica que cumple con todos y cada uno de los requisitos exigidos por ley para acceder al beneficio denegado, precisando que la Comisión de Libertad Condicional ha reconocido que, en efecto, el amparado cumple con el requisito temporal y ha observado una conducta intachable durante el cumplimiento de la condena. Sin embargo, decidió rechazar el beneficio fundado en el informe de postulación psicosocial de Gendarmería. Al respecto, hace presente que se encuentra cumpliendo condena de 15 años aproximadamente, por diversos delitos, y se encuentra privado de su libertad hace 13 años, por lo tanto, su tiempo mínimo para optar a la Libertad Condicional se encontraría cumplido. Respecto a los estudios, afirma que se encuentra eximido. Además, se ha desarrollado en diversos talleres y capacitaciones.
Fallo
Por tanto, pide que se acoja la solicitud y se deje sin efecto la decisión denegatoria adoptada por la Comisión de Libertad Condicional, otorgándose el beneficio señalado. 2°) Que, evacuó informe el Juez Pedro Rojas Castro, como representante de la COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL, quien refiere que la Comisión, con los antecedentes que tuvo a la vista, efectivamente decidió no concederle el beneficio de Libertad Condicional, conforme las razones consignadas en la resolución N° 234-2022, de 12 de abril de 2022, esto es, que el condenado no cumplía con el requisito establecido en el numeral tercero del Artículo 2 del D.L. 321, según se expresa en el numeral 2° de dicha resolución que señala: “2°.- Que analizados y ponderados por esta Comisión los antecedentes que constan en la carpeta de dicho postulante, se estima que el interno no cumple con los requisitos necesarios para un cumplimiento en libertad, ya que: - El informe de postulación psicosocial de Gendarmería da cuenta de factores de riesgo de reincidencia del condenado, que no permiten demostrar, a la época de postulación, una adecuada reinserción en la sociedad, al presentar un mediano riesgo de reincidencia. - El informe de postulación psicosocial de Gendarmería da cuenta que el condenado no presenta conciencia de la gravedad del delito. - El informe de postulación psicosocial de Gendarmería da cuenta que el condenado no presenta conciencia del mal causado. - El informe de postulación psicosocial de Gendarmería da c
Texto Completo (Preview)
Ortega Moraga, Marcelo Javier Comisión de Libertad Condicional Recurso de amparo Rol N°166-2022. La Serena, diecinueve de mayo de dos mil veintidós. VISTO Y CONSIDERANDO: 1°) Que, se interpuso acción constitucional de amparo en favor de MARCELO JAVIER ORTEGA MORAGA, cédula de identidad N° 15.890.783-6, actualmente privado de libertad en el Complejo Penitenciario de La Serena, en contra de la Com
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica