SIN INFORMACION

MARIA ECHAVARRI ARGUELLES Y OTRO / AGUAS ANDINAS S.A.

Rol

Fecha

19 de mayo de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Primero: Que, comparece doña Maria Del Pilar Echavarri Argüelles y don Juan Carlos Echavarri Argüelles, quienes deducen recurso de protección en contra de la sociedad AGUAS ANDINAS S.A., representada por su Gerente General doña Marta Colet Gonzalo, por haber instalado, sin autorización de sus propietarios ni autorización de algún tribunal de la República, tuberías de acueducto en los predios de su propiedad, pretendiendo constituir de forma unilateral, una servidumbre de acueducto, vulnerando a su juicio la garantía contemplada en artículo 19 N° 24 de la Constitución Política de la República. Exponen que son dueños de dos inmuebles colindantes entre sí, ubicados en la comuna de La Pintana, que carecen de construcciones y están destinados a actividades agrícolas, con una superficie de alrededor de 35 hectáreas, inmueble que es de dominio en común y por partes iguales, de los recurrentes y sus hermanos René Echavarri Argüelles, y María Eugenia Echavarri Argüelles. Ambos inmuebles han pertenecido a la familia Echavarri desde que don Tomás Echavarri Otiñano los adquirió por escritura pública de 17 de octubre de 1963 y, conforme a los certificados de Gravámenes y Prohibiciones emitidos por el Conservador de Bienes Raíces de San Miguel, a ninguno de los predios, les afecta gravamen o servidumbre alguna. Relatan que el 22 de marzo del año en curso, el comunero don René Echavarri Argüelles inició en los inmuebles antes referidos un trabajo de limpieza del terreno y de ejecución de una excavación perimetral o zanja, a unos 50 cm. al interior de ellos, para formar un muro que los independizara de las calles Santa Rosa y Paicaví, con la finalidad de evitar botadura de basura y escombros en el lugar. Para tal efecto arrendó una máquina retroexcavadora que el mismo día inició su faena alrededor de las 10:00 horas, pero a poco de iniciado el trabajo, por Avenida Santa Rosa en dirección al sur, a unos 20 o 25 metros de la esquina con calle Paicaví, la máquina retroexcav

Fallo

se resuelve: I.- Que, SE RECHAZA el recurso de protección deducido por doña María Del Pilar Echavarri Argüelles y don Juan Carlos Echavarri Argüelles, en contra de la sociedad AGUAS ANDINAS S.A. II.- Que, cada parte asumirá sus costas. Notifíquese. En su oportunidad, dese cumplimiento al numeral 14 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Protección. Regístrese y, hecho, archívese. Redacción a cargo del Ministro (I) don Marcelo Ovalle Bazán. Nº5142-2022-Protección. Pronunciada por la Primera Sala de esta Corte de Apelaciones de San Miguel, integrada por los Ministros señor Patricio Martínez Benavides, señor Marcelo Ovalle Bazán y la abogada integrante doña Yasna Bentjerodt Poseck. .

Texto Completo (Preview)

San Miguel, diecinueve de mayo de dos mil veintidós. VISTOS: Primero: Que, comparece doña Maria Del Pilar Echavarri Argüelles y don Juan Carlos Echavarri Argüelles, quienes deducen recurso de protección en contra de la sociedad AGUAS ANDINAS S.A., representada por su Gerente General doña Marta Colet Gonzalo, por haber instalado, sin autorización de sus propietarios ni autorización de algún tribun

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica