GARCÍA / DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA Y MIGRACIÓN
Rol
Fecha
19 de mayo de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Visto: A folio 1 comparece Jaime Andrés Valck Heimpell, abogado, quien interpone recurso de protección a favor de Jamlet Viviana García Vásquez, venezolano, domiciliada en la comuna de Los Andes, Región de Valparaíso, en contra del Departamento de Extranjería y Migración dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de Chile, con motivo de la omisión en el pronunciamiento sobre la solicitud de Regularización Extraordinaria de su situación migratoria, de acuerdo con lo regulado en el artículo 8° transitorio de la Ley N°21.325, efectuado el 28 de julio de 2021, lo que estima vulnera lo dispuesto en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, por lo que solicita se ordene al recurrido que se pronuncie sobre la misma. Expone que la recurrente ingresó al país de manera regular, por paso habilitado, el 29 de mayo del 2019. Solicito su regularización migratoria el 28 de julio de 2021, con el N° 26723936, sin obtener respuesta hasta hoy. Sostiene que la afectación ocurre por la omisión arbitraria e ilegal por parte del recurrido en el excesivo tiempo de tramitación en dar respuesta de solicitud de Regularización Extraordinaria de situación migratoria por parte de la recurrente, lo que ha tardado ya más de 9 meses, sin que la autoridad administrativa haya manifestado respuesta alguna. Estima infringido el principio de celeridad del procedimiento administrativo consagrado en los artículos 7 y 27 de la Ley N°19.880. Pide se ordene a recurrido pronunciarse sobre la solicitud de Regularización Extraordinaria de situación migratoria de la actora. Acompaña documentos referidos en su recurso. A folio 11 informa el Servicio Nacional de Migraciones como continuador legal del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, solicitando el rechazo de la acción. Señala que la recurrente efectuó solicitud de Regularización Extraordinaria de su situación migratoria el 28 de julio de 2021, y contra ello se dic
Fundamentos
considerando: Primero: Que del mérito de los antecedentes se desprende que ha existido una dilación excesiva en la tramitación de la solicitud de Regularización Extraordinaria de la situación migratoria de la actora, al transcurrir más de 9 meses desde su inicio, lo cual permite concluir que la recurrida ha infringido los artículos 7° y 27 de la Ley N°19.880 y, como consecuencia de aquello, lo dispuesto en la garantía constitucional del artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, por resultar dicho proceder arbitrario. Segundo: Que ha quedado en evidencia el incumplimiento de la normativa que regula la actividad de la Administración, con lo cual ha desconocido la aplicación de los principios de celeridad, conclusivo, de economía procedimental e inexcusabilidad, en tanto ha dilatado el procedimiento administrativo, excediendo el plazo establecido en el artículo 27 de la Ley N° 19.880, vulnerando la garantía de igualdad ante la ley consagrada en el artículo 19 N° 2 de la Carta Fundamental, en tanto importa una discriminación en contra de la actora en relación con el trato dispensado a otros interesados que, en situación jurídica equivalente, han podido tramitar debidamente sus solicitudes, razón por la cual la presente acción será acogida, como se dirá en la parte resolutiva.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge el recurso de protección deducido en favor de Jamlet Viviana García Vásquez contra el Departamento de Extranjería y Migración, actual Servicio de Migraciones, sólo en cuanto se ordena a la recurrida que, dentro del plazo de 30 días hábiles, concluya la tramitación y emita pronunciamiento, como en derecho corresponda, sobre la solicitud de Regularización Extraordinaria de la situación migratoria de la actora. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-44291-2022. En Valparaíso, diecinueve de mayo de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
edp C.A. de Valparaíso Valparaíso, diecinueve de mayo de dos mil veintidós. Visto: A folio 1 comparece Jaime Andrés Valck Heimpell, abogado, quien interpone recurso de protección a favor de Jamlet Viviana García Vásquez, venezolano, domiciliada en la comuna de Los Andes, Región de Valparaíso, en contra del Departamento de Extranjería y Migración dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad
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