11B0 JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

MP.C/ NICOLÁS ALEJANDRO HERMOSILLA SOTO.

Rol

Fecha

19 de mayo de 2022

Materia

RECEPTACION. ART. 456 BIS

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: En el actual estado procesal se observan antecedentes suficientes que permiten sostener la existencia de los presupuestos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en relación al delito por el cual se ha formalizado investigación y la participación del imputado Nicolás Alejandro Hermosilla Soto en el mismo. Además, en cuanto a la letra c) del mismo artículo, esta Corte estima que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, en atención a las circunstancias de la comisión del delito de receptación y al hecho de encontrarse con una pena sustitutiva pendiente de cumplir. Por lo anteriormente señalado y lo dispuesto en el artículo 352 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución dictada en audiencia de once de mayo del año en curso, por el 11°Juzgado de Garantía de Santiago, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto de Nicolás Alejandro Hermosilla Soto. Devuélvase. N° 1354-2022-Penal.

Texto Completo (Preview)

Fecha: diecinueve de mayo de dos mil veintidós. Sala: Segunda. Rol Corte: 1354-2022. RUC: 2200456110-8. RIT: 2418-2022. Tribunal: 11° Jugado de Garantía de Santiago. Fiscal: Magdalena Balart Salvat. Defensor: Rodrigo Catrifil Martínez. Tipo de Recurso: Apelación de medida cautelar. Imputado: Nicolás Alejandro Hermosilla Soto. Escritos proveídos en audiencia: 2. RESOLUCION San Miguel, diecinueve

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica