MP.C/ NICOLÁS PATRICIO QUINTANA GONZÁLEZ.
Rol
Fecha
19 de mayo de 2022
Materia
NEGATIVA A EFECTUARSE EXAMEN. ART. 195 LEY DE TRANSITO
Resultado
CONFIRMADA CON DECLARACIÓN
Hechos
En San Miguel, a diecinueve de mayo de dos mil veintidós. Sala: Tercera Sala Rol: 1360-2022 Penal Ruc: 2200453961-7 RIT: 3426-2022 Tribunal: Juzgado de Garantía de Puente Alto Integrantes: Ministros señora Adriana Sottovia Giménez y señora Carmen Gloria Escanilla Pérez y Fiscal Judicial señora Tita Aránguiz Zúñiga Relator: Nicole Kemp Gomila Digitadora: Marliz Vergara Jaramillo Fiscal: Karen Acevedo Defensa: Mario Araya Registro de audio: 2200453961-7 Hora de inicio: 09:51 am. Hora de término: 10:03 am. Imputado: Nicolás Patricio Quintana González Delito: Negativa a efectuarse examen Tipo de recurso: apelación cautelar personal Escritos resueltos en audiencia: 2 (Folios 40763 y 41017). San Miguel, diecinueve de mayo de dos mil veintidós. Oídos los intervinientes y teniendo presente: Primero: Que el artículo 122 del Código Procesal Penal dispone que las medidas cautelares personales sólo serán impuestas cuando fueren absolutamente indispensables para asegurar la realización de los fines del procedimiento. Segundo: Que, a su vez, el artículo 139 del referido ordenamiento prevé que la prisión preventiva procederá cuando las demás medidas cautelares personales fueren estimadas como insuficientes para asegurar las finalidades del procedimiento, la seguridad del ofendido o de la sociedad. Tercero: Que del mérito de los antecedentes expuestos, aparece que la necesidad de cautela a que se refiere la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal se ve suficientemente satisfecha con medidas que al efecto contempla el artículo 155 del mismo cuerpo legal, como se dirá en lo resolutivo. Y atendido lo dispuesto en los artículos 140 a 155 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución dictada en audiencia de once de mayo del año en curso, por el Juzgado de Garantía de Puente Alto, que no dio lugar a decretar la prisión preventiva del imputado Nicolás Patricio Quintana González y le impuso cautelares de menor intensidad, con declaración que la medida de arresto do
Fundamentos
considerando su gravedad, forma de comisión, pena probable y modalidad de cumplimiento, lo que torna insuficientes las restantes medidas cautelares previstas por el legislador a los efectos normados en el inciso segundo del artículo 139 del referido cuerpo legal. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. Rol N° 1360-2022 Penal
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En San Miguel, a diecinueve de mayo de dos mil veintidós. Sala: Tercera Sala Rol: 1360-2022 Penal Ruc: 2200453961-7 RIT: 3426-2022 Tribunal: Juzgado de Garantía de Puente Alto Integrantes: Ministros señora Adriana Sottovia Giménez y señora Carmen Gloria Escanilla Pérez y Fiscal Judicial señora Tita Aránguiz Zúñiga Relator: Nicole Kemp Gomila Digitadora: Marliz Vergara Jaramillo Fiscal: Karen Acev
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