PRADO/ALLENDE
Rol
C-488-2019
Fecha
3 de junio de 2020
Materia
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: 1.- Consta en autos que la última liquidación del crédito de fecha 05 de Noviembre de 2019, arroja una deuda de $16.292.091 (dieciséis millones doscientos noventa y dos mil noventa y un pesos). 2.- Que en razón de lo anterior, la ejecutada con fecha 27 de mayo de 2020 realiza una presentación en la cual ofrece un nuevo convenio de pago, que consta de un pie inicial de $3.258.418 (tres millones doscientos cincuenta y ocho mil cuatrocientos dieciocho pesos) equivalente al 20% de la deuda total, el cual se pagaría al momento de quedar firme este convenio de pago y el saldo se pagaría en 08 cuotas de $1.629.209 (un millón seiscientos veintinueve mil doscientos nueve pesos), comenzando el pago de dichas cuotas 30 días después de haber realizado el pago del pie. 3.- Que, la parte ejecutante con fecha 01 de junio del presente evacuó traslado señalando que atendido el monto del crédito adeudado por la ejecutada, no está de acuerdo con los términos del convenio de pago ofrecido y que esa parte podría aceptar un pie inicial de $4.292.091 (cuatro millones doscientos noventa y dos mil noventa y un pesos) y 06 cuotas por un monto de $2.000.000 (dos millones de pesos). Que de lo anterior resulta clara la falta de aquiescencia al nuevo acuerdo de pago propuesto y de conformidad a lo establecido en el artículo 1591 del Código Civil, se resuelve, no ha lugar. RIT: C-488-2019 RUC: 17-4-0034334-9 Proveyó el(la) Juez(a) del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de San Miguel, quien suscribe con firma electrónica avanzada. En San Miguel a tres de junio de dos mil veinte, se notificó por el estado diario la resolución precedente. 2020-06-03T12:41:50-0400 Firma Firma 1
Fallo
se resuelve, no ha lugar. RIT: C-488-2019 RUC: 17-4-0034334-9 Proveyó el(la) Juez(a) del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de San Miguel, quien suscribe con firma electrónica avanzada. En San Miguel a tres de junio de dos mil veinte, se notificó por el estado diario la resolución precedente. 2020-06-03T12:41:50-0400 Firma Firma 1
Texto Completo (Preview)
PJSPPVXLRD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Is
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