ASOCIACIÓN DE FUNCIONARIOS APS - VIÑA DEL MAR / CORPORACIÓN MUNICIPAL DE VIÑA DEL MAR PARA EL DESARROLLO SOCIAL
Rol
Fecha
18 de mayo de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Visto: A folio 1, comparece don Paulo Pérez Villablanca, abogado, en representación de la Asociación de Funcionarios APS – Viña del Mar, interponiendo recurso de protección en contra de la Corporación Municipal Viña del Mar para el Desarrollo Social, por la acción ilegal y arbitraria cometida al dictar la Resolución N° 193/21 de fecha 6 de octubre de 2021, que aprueba publicar las bases del concurso interno para proveer las horas de dotación en modalidad de contrato indefinido, sin permitir la participación con derecho a voz de la Asociación en las sesiones de comisión, constituyendo privación, perturbación y amenaza en el legítimo ejercicio del derecho y garantía constitucional establecido en el artículo 19 N° 2, de la Constitución Política de la República, referido a la igualdad ante la Ley. Refiere que el artículo único de la Ley N° 21.308, señala que, con el fin de ajustarse a lo preceptuado en el artículo 14 de la Ley Nº 19.378, que establece el Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal, las entidades administradoras de salud municipal que, al 30 de septiembre de los años 2021 al 2023, tengan un porcentaje superior al 20 por ciento de su dotación de horas en calidad de contratados a plazo fijo, deberán llamar a concurso interno para contratarlos de forma indefinida. El artículo 11 del Reglamento de la Ley, señala que el concurso será preparado y realizado por una comisión de selección integrada en conformidad al inciso segundo del artículo 35 de la Ley N° 19.378. Señala además que integrará la comisión un representante del Director del Servicio de Salud, designado por éste, quien actuará en calidad de ministro de fe. Luego, agrega el artículo referido, que la Asociación de Funcionarios de la Salud Municipal con mayor representación tendrá derecho a designar un delegado, quien solo podrá participar con derecho a voz en la sesiones de la comisión. Indica que la Corporación Municipal de Viña del Mar, en el marco de lo establecido en la Ley N° 21.308, que c
Fallo
Por estas consideraciones y conforme con lo establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se declara que se acoge el recurso deducido en favor de la Asociación de Funcionarios APS – Viña del Mar, en contra de la Corporación Municipal Viña del Mar para el Desarrollo Social y, en consecuencia se ordena a ésta modificar las bases del concurso interno para proveer las horas de dotación en modalidad de contrato indefinido, aprobadas por la Resolución N° 193/21, en el sentido de incluir la participación con derecho a voz de la recurrente en las sesiones de comisión. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N° Protección 46848-2021.-
Texto Completo (Preview)
Jbl C.A. de Valparaíso Valparaíso, dieciocho de mayo de dos mil veintidós. Visto: A folio 1, comparece don Paulo Pérez Villablanca, abogado, en representación de la Asociación de Funcionarios APS – Viña del Mar, interponiendo recurso de protección en contra de la Corporación Municipal Viña del Mar para el Desarrollo Social, por la acción ilegal y arbitraria cometida al dictar la Resolución N° 193/
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