SIN INFORMACION

ARRIGORRIAGA/ITAU CORPBANCA

Rol

Fecha

18 de mayo de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos: Al escrito folio 1: A lo principal: Quedando en evidencia conforme a los argumentos sostenidos en el libelo protección de folio 1, que la materia sometida a la decisión jurisdiccional dice relación con un conflicto suscitado dentro del marco de una causa judicial, y existiendo otras vías para ejercer los derechos que correspondan dentro de dicho procedimiento, no resulta ser el ejercicio de la acción constitucional de protección la vía idónea para obtener dicho resultado. En efecto, la acción de tutela constitucional consagrada en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, tiene por objetivo restablecer el imperio del derecho cuando se advierta una vulneración o amenaza de una garantía constitucional de aquellas que previene la mencionada norma, circunstancia que no se advierte al tenor del recuro de marras y que, como se dijo, sus pretensiones pueden ser obtenidas por otras vías legales dentro del juicio. Y visto, además, lo dispuesto en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, SE DECLARA INADMISIBLE el deducido en lo principal de folio 1, por el abogado don Eduardo Orellana Medel, en representación de don Francisco Edmundo Arrigorriaga Lamilla, contra del Banco Itaú. Al primer otrosí: Estese a lo resuelto. Al segundo otrosí: Por acompañados. Al tercer otrosí: Téngase presente. Regístrese. Rol N° Protección-15090-2022 (pvb).

Fallo

Fallo del Recurso de Protección, SE DECLARA INADMISIBLE el deducido en lo principal de folio 1, por el abogado don Eduardo Orellana Medel, en representación de don Francisco Edmundo Arrigorriaga Lamilla, contra del Banco Itaú. Al primer otrosí: Estese a lo resuelto. Al segundo otrosí: Por acompañados. Al tercer otrosí: Téngase presente. Regístrese. Rol N° Protección-15090-2022 (pvb).

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, dieciocho de mayo de dos mil veintidós. Vistos: Al escrito folio 1: A lo principal: Quedando en evidencia conforme a los argumentos sostenidos en el libelo protección de folio 1, que la materia sometida a la decisión jurisdiccional dice relación con un conflicto suscitado dentro del marco de una causa judicial, y existiendo otras vías para ejercer los derechos que correspond

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