SIN INFORMACION

ASTAVE / DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA Y MIGRACIÓN

Rol

Fecha

18 de mayo de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Visto: A folio 1, comparece Emmanuel Astave, haitiano, deduciendo acción de protección en contra del Departamento de Extranjería y Migración, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia definitiva, lo que vulnera la garantía constitucional establecida en el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República. Refiere haber ingresado a Chile aproximadamente hace 5 años. Desde dicho momento, se ha dedicado de manera exclusiva a trabajar, lo que le ha permitido tener el sustento para vivir el día a día y poder ayudar a su cónyuge y dos hijos, quienes debieron quedarse en su país de origen. Expresa que en este contexto, el 2 de julio del año 2020 realizó su solicitud de permanencia definitiva, mediante la página web del recurrido. Sin embargo, a la fecha ha transcurrido 1 año y 9 meses, sin obtener algún tipo de respuesta, lo que lo ha dejado en un estado de incertidumbre en relación a su situación migratoria. Alega que de acuerdo a lo descrito, la recurrida ha infringido la garantía constitucional de igualdad ante la ley, dándosele un trato desigual con respecto a otros solicitantes, a los que encontrándose en iguales circunstancias o incluso menos favorables, les fue otorgada la permanencia definitiva. En consecuencia, la garantía citada, resulta afectada por la omisión arbitraria e ilegal por parte del recurrido en el excesivo tiempo de tramitación en dar respuesta como en derecho corresponda a su solicitud. Por lo expuesto, solicita se acoja la presente acción y, se le otorgue acceso de manera inmediata al estampado electrónico, adoptando las providencias necesarias para establecer el imperio del derecho, con costas. A folio 6, informa el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo de la acción. Indica que, don Emmanuel Astave solicitó beneficio de permanencia definitiva con fecha 2 de julio de 2020. Y, mediante Resolución Exenta N° 21239008 de fecha 6 de diciembre de 2021 del Servicio Nacion

Fallo

Por lo expuesto, solicita se acoja la presente acción y, se le otorgue acceso de manera inmediata al estampado electrónico, adoptando las providencias necesarias para establecer el imperio del derecho, con costas. A folio 6, informa el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo de la acción. Indica que, don Emmanuel Astave solicitó beneficio de permanencia definitiva con fecha 2 de julio de 2020. Y, mediante Resolución Exenta N° 21239008 de fecha 6 de diciembre de 2021 del Servicio Nacional de Migraciones, se aprueba el avance de solicitud de permanencia definitiva del extranjero a la etapa de Análisis Resolutivo, lo que implica la validación de pago de derechos, si corresponde; y la revisión de antecedentes aportados por instituciones externas sobre antecedentes delictuales del peticionario y emisión del acto administrativo que otorga o rechaza la permanencia definitiva. Todo lo anterior, de conformidad a circular N° 12 de fecha 24 de noviembre del Servicio Nacional de Migraciones. En consecuencia, añade que estando en tramitación la solicitud del recurrente, éste mantiene una situación migratoria regular en el territorio nacional, por lo que se entiende que no existe actualmente un acto que genere vulneración, perturbación o amenaza al legítimo ejercicio de los derechos consagrados en el artículo 20 de la Constitución Política de la República. A folio 7, se ordenó traer los autos en relación. 06-08-2021.ecurrente:a: 04-08-2021 como residente temporario,le.

Texto Completo (Preview)

Jbl C.A. de Valparaíso Valparaíso, dieciocho de mayo de dos mil veintidós. Visto: A folio 1, comparece Emmanuel Astave, haitiano, deduciendo acción de protección en contra del Departamento de Extranjería y Migración, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia definitiva, lo que vulnera la garantía constitucional establecida en el artículo 19 N° 2 de

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