INDUSTRIAL SUPPORT COMPANY LTDA/HERMOSILLA
Rol
Fecha
25 de mayo de 2022
Materia
CONTRATO, CUMPLIMIENTO DE
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que las resoluciones que disponen la práctica de alguna diligencia probatoria son inapelables de conformidad con lo establecido en el inciso 2° del artículo 326 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual el presente recurso no puede ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 213 del citado Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto en subsidio por el demandante, el once de abril del año en curso (folio N° 117), en contra de la resolución de fecha cinco de abril del mismo año (folio N° 111). Regístrese y devuélvase. N°Civil-6338-2022. vot
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 213 del citado Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto en subsidio por el demandante, el once de abril del año en curso (folio N° 117), en contra de la resolución de fecha cinco de abril del mismo año (folio N° 111). Regístrese y devuélvase. N°Civil-6338-2022. vot
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veinticinco de mayo de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Que las resoluciones que disponen la práctica de alguna diligencia probatoria son inapelables de conformidad con lo establecido en el inciso 2° del artículo 326 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual el presente recurso no puede ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones y lo
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